La pregunta correcta no es cuánto facturas
Es la duda más repetida del despacho, y casi siempre llega mal formulada: «facturo 60.000 €, ¿me hago sociedad?». La facturación no decide nada. Lo que decide es el rendimiento neto —lo que queda después de gastos— y, sobre todo, cuánto de ese rendimiento necesitas sacar para vivir.
Dos personas que facturan lo mismo pueden estar en lados opuestos de la frontera. Quien factura 80.000 € con 50.000 € de gastos reales gana 30.000 €, y para eso la sociedad no compensa. Quien factura 80.000 € con 8.000 € de gastos gana 72.000 €, y ahí la conversación es otra.
Los dos impuestos, cara a cara
| Autónomo | Sociedad limitada | |
|---|---|---|
| Qué impuesto paga | IRPF, escala progresiva sobre tu rendimiento | Impuesto sobre Sociedades, tipo fijo sobre el beneficio |
| Cómo sube | Por tramos: cuanto más ganas, más porcentaje sobre el último euro | Tipo plano, con un tipo reducido para entidades de nueva creación los dos primeros ejercicios con beneficio |
| Sacar el dinero | Ya es tuyo: tributas y dispones | Hay que sacarlo, y sacarlo vuelve a tributar |
| Seguridad Social | Cotización por rendimientos reales, con regularización al año siguiente | Autónomo societario, con base mínima propia |
| Responsabilidad | Ilimitada: respondes con tu patrimonio | Limitada al capital, con las salvedades de siempre para el administrador |
| Obligaciones formales | Libros registro | Contabilidad mercantil, cuentas anuales y depósito en el Registro |
El error más caro al comparar es mirar solo el tipo del Impuesto sobre Sociedades y celebrar que es más bajo que el marginal del IRPF. El dinero que gana la sociedad no es tuyo: es de la sociedad. Para que llegue a tu cuenta hay que sacarlo, como nómina o como dividendo, y eso tributa otra vez en tu IRPF. Sumando los dos escalones, la ventaja se estrecha mucho, y a veces desaparece.
Cuándo empieza a compensar de verdad
La sociedad gana terreno en tres situaciones, y ninguna tiene que ver con la facturación:
- Cuando no necesitas sacarlo todo. Si vives con 40.000 € y la actividad gana 90.000 €, los 50.000 € que se quedan dentro tributan una sola vez, al tipo de sociedades, y financian el crecimiento. Ese es el supuesto en el que la sociedad tiene sentido económico.
- Cuando la actividad tiene riesgo real. Obra, hostelería, cualquier cosa con responsabilidad frente a terceros. Aquí el argumento no es fiscal: es patrimonial.
- Cuando vas a vender el negocio algún día. Vender participaciones y vender una actividad de autónomo no se parecen ni en lo jurídico ni en lo fiscal.
Y pierde en el caso contrario, que es el más común: un profesional que saca todo lo que gana porque lo necesita para vivir. Ahí la sociedad añade dos niveles de impuesto, una contabilidad, unas cuentas anuales y un coste de gestión, para acabar en un resultado parecido o peor.
Lo que nadie cuenta en la columna de la sociedad
Los costes recurrentes existen y se olvidan al hacer el cálculo de servilleta:
- La constitución: notaría, registro y capital social, más el tiempo hasta tener el NIF definitivo operativo.
- La contabilidad mercantil, que no es llevar libros registro: es plan general contable, cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil todos los años.
- El autónomo societario: seguirás pagando cuota, con base mínima propia, distinta de la del autónomo ordinario.
- La operación vinculada. Todo lo que cobres de tu propia sociedad tiene que estar a valor de mercado y documentado. No es un trámite menor: es de los puntos que más comprobaciones genera, y la carga de justificar el valor es tuya.
- La disolución, si un día quieres cerrar. Salir cuesta más que entrar.
Facturar a tu propia sociedad servicios que en realidad prestas tú, sin medios ni estructura detrás, es exactamente el supuesto que la Administración viene regularizando desde hace años en los profesionales. La forma societaria no convierte en empresarial lo que es personalísimo, y montar la estructura por el ahorro fiscal, sin más sustancia que eso, es construir sobre arena.
La opción intermedia que casi nadie considera
Antes de dar el salto hay palancas dentro del régimen de autónomo que rara vez están agotadas: revisar si todos los gastos deducibles están efectivamente deducidos, afectar correctamente la parte de la vivienda que se usa, ajustar la base de cotización al rendimiento real, y mirar si encaja alguna reducción que se esté dejando pasar.
En bastantes casos, hacer eso bien acerca el resultado a lo que prometía la sociedad, sin sus costes ni sus obligaciones. No siempre, pero conviene comprobarlo antes, no después de haber pasado por la notaría.
Cuando no encajas del todo en autónomo o sociedad limitada
Hay una situación intermedia que la tabla no recoge y que en el despacho aparece cada pocas semanas: el autónomo que ya tiene la sociedad montada y además sigue de alta por su cuenta, facturando una parte a su nombre y otra a través de ella.
A veces llega así por herencia de una etapa anterior, y a veces porque alguien le dijo que «repartir» bajaba la factura. Lo segundo casi nunca es cierto y sí multiplica las obligaciones: dos contabilidades, dos juegos de declaraciones, y sobre todo la necesidad de justificar por qué cada ingreso va donde va. Si la Administración entiende que el reparto es artificial, lo recompone entero.
Cuando esa situación existe, la conversación no es «autónomo o sociedad», sino cuál de las dos vías se cierra y cómo se cierra sin coste. Y hay una tercera posibilidad que tampoco está en la tabla: facturar como autónomo a tu propia sociedad, que es legítima pero exige valorar la operación a precio de mercado y documentarla. Es de los puntos que más comprobaciones genera.
Qué mirar antes de elegir: autónomo o sociedad limitada
Con estos siete datos delante, la decisión se toma en una conversación. Sin ellos, no se toma: se adivina.
- Tu rendimiento neto real del último ejercicio cerrado, no la facturación.
- Cuánto necesitas sacar al año para vivir. Es el dato que más pesa y el que casi nadie trae.
- Qué parte del trabajo es tuya personalmente y qué parte podría hacer otro con los medios de la empresa. De ahí depende que la estructura se sostenga.
- Si hay riesgo frente a terceros en tu actividad, y de qué tamaño.
- Si tienes previsto vender el negocio, incorporar a alguien o pedir financiación.
- Tu comunidad autónoma: los tramos autonómicos del IRPF no son iguales, y el mismo rendimiento da resultados distintos.
- Qué gastos deducibles estás dejando pasar hoy. En bastantes casos, ordenarlos acerca el resultado a lo que prometía la sociedad, sin sus costes.
Cualquier comparación es una foto de hoy con las reglas de hoy. Los tipos, los tramos y las bonificaciones cambian, y una estructura montada para ahorrar mil euros al año se vuelve incómoda en cuanto cambia uno de esos números. Por eso la pregunta que hacemos no es solo «cuánto ahorras», sino «cuánto te molesta esto si el ahorro desaparece».
Nuestra lectura de autónomo o sociedad limitada
Con tus números, no con un ejemplo. Calculamos las dos hipótesis sobre tu rendimiento real y sobre lo que necesitas sacar cada año, incluyendo la cuota de autónomo en las dos y los costes recurrentes de la sociedad en la suya. Sale una diferencia anual concreta, y a partir de ahí se decide.
Cuando la diferencia es pequeña, lo decimos: por menos de mil euros al año no compensa montar una sociedad, entre otras cosas porque el coste de mantenerla se los come. Y cuando es grande, también decimos qué hay que hacer para que la estructura se sostenga, que es la parte que se suele omitir.
Esto no es una consulta vinculante ni una promesa de resultado: es un cálculo con tus cifras y las advertencias que correspondan. Si quieres verlo, está en autónomos, y el formulario pregunta lo justo para poder hacerlo.