Alquilado o a tu disposición
Modelo 210 para residentes en Estados Unidos
Un piso en el centro de Málaga, en Marbella o en Sevilla, comprado con la idea de pasar temporadas y alquilarlo el resto. Para un residente en Estados Unidos la parte española es sencilla y poco indulgente: se paga sobre lo cobrado, sin restar gastos, y el papel que lo acredita todo tarda semanas en llegar.
El propietario americano: temporadas largas, gestor local y una segunda declaración en casa
Los residentes en Estados Unidos que nos escriben suelen haber comprado en ciudades con vuelo directo o con buena conexión: Málaga, Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia. Muchos combinan dos o tres estancias al año con alquiler de corta temporada a través de una empresa de gestión. Algunos compraron a través de una LLC porque así lo aconsejaron en casa; otros tienen el piso a nombre propio o del matrimonio.
Lo que más les sorprende es el punto de partida. En su declaración americana están acostumbrados a restar intereses, cuotas de comunidad, seguros, reparaciones, honorarios del gestor y depreciación. En España, a un residente en Estados Unidos no se le permite restar nada de eso.
El 24 % sobre el alquiler íntegro
La ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes reserva el 19 % y la deducción de gastos a los residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega y Liechtenstein. Estados Unidos queda fuera, y el alquiler tributa al 24 % sobre el ingreso bruto. La nacionalidad no cambia nada: un ciudadano español con residencia fiscal en Texas está en la misma situación que un tejano.
Un recurso abierto que conviene no perder de vista
Esa exclusión está discutida. La Audiencia Nacional consideró en julio de 2025 que negar los gastos a residentes de terceros países choca con la libre circulación de capitales, y el Tribunal Supremo admitió el recurso de casación en julio de 2026. Nadie sabe cómo terminará. Lo prudente es declarar como dice la norma, sin deducir, y valorar en cada ejercicio si merece la pena pedir la rectificación para que no prescriba. No es una devolución asegurada; es una puerta que se deja entornada.
Un año de un piso en Málaga, con números
Ellen es residente en Estados Unidos y única titular de un piso en Málaga. En 2026 lo alquila 150 noches y cobra 18.000 €. Paga una comisión del 15 % a la empresa de gestión (2.700 €) y 7.300 € de gastos anuales entre comunidad, IBI, seguro, suministros y amortización. El valor catastral es de 120.000 €, con ponencia revisada, y pasa en el piso unas cinco semanas repartidas en el año.
- Alquiler: 18.000 € × 24 % = 4.320,00 €. La comisión y los gastos no cuentan.
- Imputación por los 215 días restantes: 120.000 × 1,1 % = 1.320 €; prorrateado, 777,53 €; al 24 %, 186,61 €.
- Total español del año: 4.506,61 €.
| El mismo piso, dos residencias | Residente en EE. UU. | Residente en la UE |
|---|---|---|
| Base del alquiler | 18.000,00 € | 12.300,00 € |
| Tipo | 24 % | 19 % |
| Cuota del alquiler | 4.320,00 € | 2.337,00 € |
| Imputación | 186,61 € | 147,73 € |
| Total | 4.506,61 € | 2.484,73 € |
La columna de la derecha resta la comisión entera y los gastos anuales en proporción a 150 noches (7.300 × 150 / 365 = 3.000 €). Casi el doble de impuesto por vivir al otro lado del Atlántico. Puedes hacer tu propia cuenta con la calculadora del modelo 210.
El error más caro que vemos en propietarios americanos es trasladar al 210 la cifra neta que su preparador ha calculado para la declaración de Estados Unidos, después de gastos y depreciación. El modelo español se hace con el bruto. Presentar el neto es declarar de menos, y lo que llega luego es una liquidación con intereses y, según el caso, sanción.
El 6166 no se pide en abril
Para acreditar la residencia en Estados Unidos, el IRS emite el formulario 6166, que se solicita presentando el formulario 8802 y pagando una tasa. No es inmediato: el trámite suele llevar semanas y, si hay un error en el nombre, en el año solicitado o una declaración pendiente, vuelve al principio. España lo acepta durante un año desde su expedición. La regla práctica: pedirlo cada año con meses de margen, no cuando se acerca el plazo español.
Al tributar ya al tipo general, alguien podría pensar que el certificado sobra. No es así. Es lo que acredita que eres residente en Estados Unidos y no en España, y lo que permite invocar el convenio si surge una cuestión distinta del alquiler. Más detalle en certificado de residencia fiscal.
Si el piso está a nombre de una LLC
Muchos americanos compran a través de una sociedad de responsabilidad limitada porque en Estados Unidos resulta cómodo. En España esa decisión abre preguntas previas: si la LLC tributa aquí como entidad, cómo se declara el alquiler y qué otras obligaciones aparecen. No es una cuestión que se resuelva en el 210, y la tratamos en la página sobre americanos con LLC en España.
La otra mitad está en Estados Unidos
En términos generales, Estados Unidos grava a sus ciudadanos y residentes por su renta mundial, así que el alquiler español suele tener que declararse también allí, junto con otras obligaciones informativas sobre cuentas y bienes en el extranjero. Entre España y Estados Unidos hay convenio para evitar la doble imposición; el inmueble tributa en España porque está aquí, y la forma de evitar pagar dos veces se resuelve del lado americano. No asesoramos sobre Derecho estadounidense. Tu CPA o tu asesor allí lleva esa parte, y nosotros le enviamos en inglés cada 210 presentado, los justificantes de pago y el desglose de las cifras en euros, para que pueda trabajar con ellos.
Plazos españoles para el ejercicio 2026
| Declaración | Ventana | Si domicilias |
|---|---|---|
| 210 de alquiler, anual | 1 a 20 de abril de 2027 | hasta el 15 de abril |
| 210 de imputación | 1 de abril a 31 de diciembre de 2027 | hasta el 23 de diciembre |
Así lo establece la Orden HAC/623/2026. Para domiciliar hace falta una cuenta en una entidad colaboradora en España; si no la tienes, hay otras formas de pago que te explicamos.
Vender desde Estados Unidos
Cuando vendas, el comprador retendrá el 3 % del precio y lo ingresará con el modelo 211 en el mes siguiente a la escritura. Tú presentas el 210 de ganancia patrimonial en los tres meses posteriores al final de ese mes; las ganancias de no residentes tributan al 19 %, también para residentes en Estados Unidos. Si la cuota resulta menor que lo retenido, se pide la devolución. Todo el proceso está en venta de inmueble de no residente y en la retención del 3 %.
Euros, dólares y lo que ve cada administración
El 210 se presenta en euros, con los importes que efectivamente cobraste de cada reserva. Si la empresa de gestión te transfiere a una cuenta en dólares, lo que cuenta para España es lo cobrado en euros antes de la conversión, no lo que llegó a tu banco americano. Tu preparador en Estados Unidos trabajará con sus propios criterios de conversión; lo útil es que ambos partáis del mismo desglose en euros, reserva a reserva, y por eso te lo entregamos así.
Si el piso algún día se hereda
Un inmueble situado en España queda sujeto al impuesto español de sucesiones cuando pasa a los herederos, residan donde residan. Es un tema que conviene mirar pronto, porque la forma de titularidad (personal, conjunta o a través de una LLC) cambia mucho el análisis. Lo tratamos en sucesiones y donaciones.
Primer paso desde el otro lado del Atlántico
Nos cuentas cómo tienes el piso (a tu nombre, del matrimonio o de una LLC) en el formulario de alta de no residentes, y te decimos qué hay que presentar y qué falta de años anteriores. Te escribimos en inglés si lo prefieres. La visión general del impuesto está en no residentes.