Si vives en Bilbao, tu Hacienda no es la Agencia Estatal de Administración Tributaria: es la Hacienda Foral de Bizkaia. No es un matiz administrativo. Es otra norma, otros modelos, otro calendario y otra ventanilla, y confundirlo es la causa de la mitad de los sustos que nos cuentan.
Qué significa que Bizkaia tenga norma propia
El Concierto Económico reconoce a los territorios históricos capacidad para regular y recaudar sus propios impuestos. Bizkaia tiene su Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con su escala, sus reducciones y sus deducciones, que no coinciden con las del territorio común. Tiene también su propio Impuesto sobre Sociedades y su propia regulación de sucesiones y donaciones.
La consecuencia cotidiana es que el modelo que presenta un autónomo en Bilbao no se llama igual ni se presenta donde el de un autónomo de Burgos, y que los plazos de la campaña de renta tampoco tienen por qué coincidir. Lo que se busca en internet en castellano describe casi siempre el régimen común: para Bizkaia no sirve.
No todo es foral, y ahí está el lío
El Concierto reparte: hay tributos que se exigen íntegramente por la Diputación Foral, otros en los que la normativa aplicable sigue siendo la común aunque la gestión sea foral, y supuestos en los que el reparto depende del volumen de operaciones o del domicilio fiscal. Una empresa que opera a los dos lados puede acabar presentando en las dos administraciones en proporción.
Por eso lo primero que miramos en un caso de Bizkaia no es el impuesto: es dónde está tu domicilio fiscal y dónde se entienden realizadas tus operaciones. Cuando eso está mal, todo lo demás sale mal.
Nuestro trabajo es de norma común y de fiscalidad internacional. Si tu caso es íntegramente foral —tu IRPF de Bizkaia, tu Sociedades foral, tu sucesión vizcaína— lo honesto es decírtelo: te conviene un despacho de aquí, y te lo decimos en el primer correo en vez de aprender a tu costa. Donde sí sumamos es en lo que cruza fronteras y en lo que sigue siendo estatal.
Donde sí encajamos: lo internacional y lo estatal
Un convenio de doble imposición se interpreta igual en Bilbao que en Sevilla, y las preguntas de fondo de quien tiene cuentas, valores o inmuebles fuera de España, o acciones de una matriz extranjera, son las mismas. Lo que cambia es ante quién se cumplen: un residente en Bizkaia declara ante la Hacienda Foral, con sus propios modelos y plazos, también la información sobre bienes en el extranjero; y el Concierto Económico reparte entre la Diputación y el Estado incluso el impuesto del no residente que tiene aquí un piso. Por eso trabajamos esos frentes junto al asesor foral, que es quien presenta.
Esos son los tres frentes en los que solemos entrar, normalmente coordinados con el asesor foral del cliente. Están en modelo 720, stock options y RSU y no residentes.
Quién nos escribe desde Bilbao
| Quién | Qué le suele tocar |
|---|---|
| Ingeniero de vuelta de un destino en el extranjero | Residencia fiscal del año de regreso, convenio y declaración de bienes en el exterior |
| Directivo con acciones de una matriz extranjera | Cómo y cuándo tributa el equity, y qué parte es foral y qué parte no |
| Empresa que factura a los dos lados del Ebro | Reparto por volumen de operaciones entre administración foral y estatal |
| Propietario no residente con piso en Bilbao | Modelo 210 por inmueble y titular, con imputación por los días no arrendados |
| Heredero de un familiar con bienes fuera de España | Normativa aplicable, valoración y coordinación con el notario |
Cómo trabajamos con clientes de Bilbao
Coordinados, no solapados. Si ya tienes asesor foral, hablamos con él y nos quedamos con la parte internacional o estatal del expediente; si no lo tienes y tu caso lo necesita, te decimos que lo busques. Eso es menos negocio para nosotros y menos problemas para ti.
Lo que nunca vamos a hacer es improvisar una norma foral que no manejamos ni citarte un artículo de memoria. En esta materia, una cifra aproximada es una cifra equivocada.
Mudarse de Madrid a Bilbao a mitad de año: qué Hacienda te toca en 2026
La pregunta que más nos llega de Bilbao en verano no es sobre un impuesto concreto, sino sobre una fecha. Un ingeniero deja Madrid y empieza a trabajar en Bizkaia. La regla principal del Concierto Económico para una persona física es la de la permanencia: resides en el País Vasco el año en que pasas allí más días del periodo impositivo que en el resto de España. Si con los días no basta, entran el centro de intereses y la última residencia declarada.
| Fecha de la mudanza | Días en Madrid | Días en Bizkaia | Renta de 2026 |
|---|---|---|---|
| 1 de mayo | 120 | 245 | Foral, en la Hacienda de Bizkaia |
| 1 de julio | 181 | 184 | Foral, por tres días |
| 1 de agosto | 212 | 153 | Común, en la Agencia Estatal; foral desde 2027 |
La segunda fila es la que merece atención: tres días deciden qué norma se aplica al año entero. Si la fecha de mudanza la puedes elegir, conviene saberlo antes; y si el cambio de domicilio se hace solo para pagar menos y no responde a la realidad, no produce efecto. En el año de la mudanza, si te toca todavía la común, la renta de 2026 la hacemos nosotros; a partir de ahí, la foral la lleva tu asesor de Bizkaia.
Cómo repartimos un caso de Bilbao con tu asesor foral
| Asunto | Quién lo lleva |
|---|---|
| Renta del año en que todavía eras residente en territorio común | Nosotros |
| Renta foral de Bizkaia desde que resides aquí | Tu asesor foral |
| Piso en Madrid, Málaga o Valencia: plusvalía municipal, herencias con causante de territorio común | Nosotros |
| Lectura del convenio de doble imposición y certificados del otro país | Nosotros, y le pasamos el resultado |
| Cualquier cifra, deducción o plazo de la norma foral | Tu asesor foral |
Si tu caso tiene una pata en territorio común o fuera de España, cuéntanoslo en el formulario de autónomos internacionales o en el de herencias y donaciones, según lo que sea.
Este reparto se deja por escrito al principio, con nombre y correo de cada parte, para que ningún plazo quede en tierra de nadie. Y si un asunto no encaja claramente en una de las dos columnas, lo decimos en ese momento en lugar de asumirlo por inercia: en la frontera entre lo foral y lo común es donde se pierden los plazos.
Quien vuelve de un destino fuera con cuentas, un plan de pensiones de empresa o acciones en un bróker extranjero suele buscar en internet el modelo 720 de la Agencia Estatal. Pero la obligación de informar la exige la administración competente según tu residencia, y si resides en Bizkaia esa administración es la foral, con su normativa y su modelo. Presentar ante la administración equivocada no cumple la obligación. Lo que sí aportamos es el inventario: qué tienes, dónde, con qué saldos a 31 de diciembre y con qué documentos; con eso, tu asesor foral presenta en su ventanilla. Si vuelves en un año en que todavía eras residente común, entonces sí es nuestro modelo 720.