Del litoral murciano nos escribe, sobre todo, gente que no vive aquí: británicos y noruegos con casa en Mar Menor, La Manga o los resorts del interior. La pregunta de partida siempre es la misma —¿tengo que declarar algo si no la alquilo?— y la respuesta es que sí.
Se paga aunque la casa esté vacía
La imputación de rentas inmobiliarias es lo que más sorprende a un propietario extranjero: por una vivienda a tu disposición y no arrendada se declara una renta calculada sobre el valor catastral, el 1,1 % o el 2 % según cuándo se revisó el catastro de ese municipio, y se prorratea por los días del año en que estuvo a tu disposición.
No es una multa ni un error: es el régimen del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Lo desarrollamos en la imputación de rentas de no residentes.
19 % o 24 %, y por qué la diferencia es mayor de lo que parece
El artículo 25 de la Ley del IRNR fija dos tipos para las rentas sin establecimiento permanente: 19 % para residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega y Liechtenstein, y 24 % para el resto. Pero la brecha real no está ahí, sino en el artículo 24: quien reside en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein puede restar los gastos directamente relacionados con el alquiler; quien reside fuera, en la práctica tributa sobre el ingreso íntegro.
Sobre un alquiler con comunidad, IBI, seguro y comisiones, esa diferencia pesa bastante más que los cinco puntos de tipo. Es también el punto en el que la normativa lleva años discutida a la luz de la libre circulación de capitales, y lo decimos como lo que es: discutido, no resuelto.
El certificado que emite tu país para acreditar dónde resides tiene validez de un año. Vencido, el convenio no se aplica solo. Es el documento que más veces falta cuando llega un requerimiento, y el más fácil de tener a tiempo.
Un modelo 210 por inmueble y por titular
Aquí está la multiplicación que descoloca a los matrimonios: si la casa es de los dos, no hay una declaración, hay dos, cada una por su mitad. Si además tenéis un trastero o una plaza de garaje con referencia catastral propia, vuelven a multiplicarse.
Los plazos tampoco son los de la renta española: la imputación de rentas del año se presenta a lo largo del año siguiente, y el alquiler tiene su propia agrupación. Lo tienes en no residentes y en el modelo 210 del alquiler.
Quién nos escribe desde Murcia
| Quién | Qué le suele tocar |
|---|---|
| Matrimonio británico con casa en la costa | Dos modelos 210 por vivienda, tipo del 24 % desde el Brexit y certificado de residencia al día |
| Propietario noruego o irlandés | Tipo del 19 % y deducción de gastos del artículo 24 si la casa se alquila |
| Quien lleva años sin presentar nada | Regularizar los ejercicios no prescritos con recargo del artículo 27 antes de que llegue el requerimiento |
| Quien va a vender | El 3 % que retiene el comprador y el 210 de la ganancia en tres meses |
| Jubilado que se ha mudado aquí de forma permanente | Dejar de ser no residente: IRPF mundial, convenio y modelo 720 si procede |
Nuestra forma de trabajar en Murcia
Con apoderamiento y sin papel. No necesitas certificado digital ni venir a España: nos das poder para presentar y recibir notificaciones, y a partir de ahí el aviso llega a nosotros antes que a tu buzón de casa, que es donde suelen perderse.
Trabajamos en inglés con normalidad. Lo que sí pedimos es que nos cuentes toda la cartera de golpe —las tres casas, no una— porque el coste de llevarlas juntas es menor y porque los errores suelen estar justamente en la que no se menciona.
Una pareja británica en un resort de Murcia que nunca presentó nada
Compraron en 2019 una casa en un resort del interior, la usan unas semanas al año y no la alquilan. Creían que sin alquiler no había nada que declarar. En octubre de 2026 deciden ponerse al día antes de vender. Valor catastral: 95.000 €, al 2 % porque en el ejemplo el municipio no ha revisado sus valores en el periodo que da derecho al 1,1 %. Renta imputada de la casa: 1.900 € al año, 950 € por titular, al 24 % desde que el Reino Unido salió de la Unión: 228 € por cabeza y año.
| Ejercicio | Plazo que tenía | Situación en octubre de 2026 | Recargo por titular |
|---|---|---|---|
| 2020 | Hasta el 31-12-2021 | Prescrito | — |
| 2021 | Hasta el 31-12-2022 | Prescribe el 31-12-2026: aún se debe | 15 % = 34,20 € + intereses |
| 2022 | Hasta el 31-12-2023 | Más de 12 meses de retraso | 15 % = 34,20 € + intereses |
| 2023 | Hasta el 31-12-2024 | Más de 12 meses de retraso | 15 % = 34,20 € + intereses |
| 2024 | Hasta el 31-12-2025 | Nueve meses completos | 10 % = 22,80 € |
| 2025 | Hasta el 31-12-2026 | En plazo | 0 € |
Por titular: 1.140 € de cuota y 125,40 € de recargos más intereses. Los intereses de demora se calculan al presentar, desde que se cumplen los doce meses de cada ejercicio hasta el día del ingreso. Para los dos, el doble: diez modelos 210 en un solo encargo. Es dinero, pero es poco comparado con lo que cuesta que el asunto aparezca en la venta, con el comprador reteniendo el 3 % y Hacienda cruzando los años en blanco. Si es tu caso, el formulario es el de regularización voluntaria, y cómo se cuentan los cuatro años está en la prescripción de cuatro años.
Por qué el orden importa en una regularización murciana
El 2021 del ejemplo es el ejercicio delicado: le quedan semanas para prescribir, y mientras no prescriba se puede regularizar con recargo. Si antes de que se presente Hacienda notifica cualquier actuación sobre él, el marco cambia: ya no hay recargo del 15 %, sino liquidación con posible sanción, y ese riesgo alcanza a todos los años que sigan abiertos. Por eso los cinco ejercicios se preparan juntos y se presentan en la misma semana, empezando por el más antiguo, y la decisión se toma con el cliente sabiendo lo que cuesta cada opción. El detalle está en el orden para regularizar varios ejercicios.
Lo que casi nadie pregunta en la costa murciana es a dónde manda Hacienda sus avisos. Si el único domicilio que consta es la casa del resort, la carta llega allí en febrero, no hay nadie, se intenta dos veces y se publica en el boletín oficial. A partir de ese momento se da por notificada y los plazos corren, aunque tú estés en Leeds sin saber nada. Una liquidación que se podía recurrir se vuelve firme por no haberla visto. Por eso lo primero que hacemos es darte un domicilio de notificaciones que sí se lee, el nuestro, con apoderamiento.