Los días mandan en el reparto
Alquiler turístico en Mijas: registro e impuestos
Una casa adosada en Calahonda con piscina comunitaria, un propietario de Leeds que la alquila en verano y un vecino de Dublín, en la casa de al lado, con el mismo precio y las mismas noches. En Mijas pagan impuestos muy distintos, y la razón no está en la casa sino en el pasaporte fiscal de cada uno.
La Cala, Calahonda y Riviera: un municipio que vive en urbanizaciones
Mijas es enorme y disperso. El pueblo blanco queda arriba, en la sierra, y la mayor parte de la población vive en urbanizaciones que bajan hacia la costa: Calahonda, Riviera del Sol, El Faro, La Cala, Las Lagunas. Es uno de los municipios de España con mayor proporción de vecinos extranjeros, y buena parte de ellos son británicos, unos con residencia aquí y otros que vienen por temporadas.
Por eso en Mijas la pregunta fiscal de un alquiler turístico empieza casi siempre por otra: ¿dónde vive de verdad el propietario? No es lo mismo el británico que pasa once meses en Calahonda que el que viene dos semanas al año, aunque los dos tengan el mismo tipo de casa. El primero probablemente es residente fiscal en España y declara IRPF; el segundo es no residente y presenta el modelo 210.
Lo que exigen la Junta y las urbanizaciones de Mijas antes de alquilar
Toda vivienda que se ofrece a turistas en Andalucía se inscribe en el Registro de Turismo de Andalucía mediante declaración responsable ante la Consejería de Turismo. Recibe un código VUT/MA que se publica en los anuncios. La sentencia del Tribunal Supremo 620/2026 anuló el registro único estatal, y el registro andaluz sigue siendo obligatorio.
En Mijas hay una segunda capa: la urbanización. Muchas están constituidas como comunidades de propietarios, a veces con una comunidad general y subcomunidades por fases, cada una con sus estatutos y sus normas de régimen interior. Desde abril de 2025, la Ley de Propiedad Horizontal exige un acuerdo expreso de tres quintos para iniciar una actividad turística nueva. Y los estatutos antiguos pueden tener limitaciones propias. Antes de publicar, hay que saber en qué comunidad está la casa y qué dicen sus documentos inscritos. Lo desarrollamos en cuando la comunidad se opone.
Dos adosados iguales en Calahonda, dos cuotas muy distintas
Mark vive en Leeds; Siobhan, en Dublín. Tienen adosados gemelos en la misma calle de Calahonda. En 2026 cada uno alquiló el suyo 120 noches a 140 €, es decir, 16.800 € de ingresos. Tienen los mismos gastos: comisión de la plataforma del 15 % (2.520 €), treinta limpiezas a 55 € (1.650 €) y unos gastos anuales de 7.400 € (cuota de la urbanización 1.800 €, IBI 650 €, seguro 350 €, suministros 1.900 € y amortización 2.700 €). El valor catastral es de 95.000 € en ambos casos.
| Paso del cálculo | Mark (Reino Unido) | Siobhan (Irlanda) |
|---|---|---|
| Ingresos | 16.800 € | 16.800 € |
| Gastos directos | No deducibles | 2.520 + 1.650 = 4.170 € |
| Gastos anuales por 120 días | No deducibles | 7.400 × 120 / 365 = 2.432,88 € |
| Base del alquiler | 16.800 € | 10.197,12 € |
| Tipo | 24 % | 19 % |
| Cuota del alquiler | 4.032,00 € | 1.937,45 € |
| Imputación de 245 días (95.000 × 1,1 % × 245 / 365 = 701,44 €) | 168,35 € | 133,27 € |
| Total 2026 | 4.200,35 € | 2.070,72 € |
Mark paga el doble por la misma casa. No es una sanción ni un error: la ley española solo deja restar gastos a los residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega y Liechtenstein, y el Reino Unido salió de ese grupo con el Brexit. Guardar facturas no le cambia el 210, aunque sí le sirve para otras cosas, como calcular bien la ganancia el día que venda. Una explicación más amplia de los dos tipos está en residir dentro o fuera de la Unión.
El error más costoso del municipio es el del británico que se ha ido quedando: pasa aquí la mayor parte del año, tiene médico y coche en Mijas, y sigue presentando el 210 como si viviera en Inglaterra. Si pasa más de 183 días al año en España, o tiene aquí el centro de sus intereses, es residente fiscal español, y entonces debe declarar en el IRPF toda su renta mundial, no solo el alquiler. Regularizar varios años a la vez sale mucho más caro que hacerlo bien desde el primero. Puedes ver qué implica en conflicto de doble residencia.
Si ya eres residente en Mijas
Entonces el alquiler va a tu declaración de la renta. Restas los gastos en proporción a los días alquilados, igual que Siobhan, pero tributas a la escala del IRPF según tu renta total. Si pagas comisión a plataformas europeas, necesitas el alta en el ROI y el modelo 349 por esas comisiones, y si tienes bienes fuera de España por encima de los umbrales, el modelo 720. Son piezas que conviene ordenar a la vez: lo explicamos en no residentes y residentes nuevos.
Un matrimonio de Mijas con un pie en cada país
Es frecuente en las urbanizaciones: él ya se ha jubilado y vive en La Cala todo el año; ella sigue trabajando en Inglaterra y viene en vacaciones. Si la casa es de los dos al 50 %, cada mitad sigue el régimen de su titular. Él, residente en España, declara su mitad en el IRPF con los gastos que le corresponden. Ella, no residente, presenta el 210 por la suya al 24 % sobre los ingresos brutos. Una misma reserva acaba en dos impuestos distintos, y los dos cálculos tienen que partir de las mismas cifras de ingresos. Además, él tiene que analizar si debe informar de sus bienes en el Reino Unido con el modelo 720; ella, no.
La casa del pueblo de Mijas frente a la de la costa
El casco de Mijas Pueblo, con sus calles empinadas y sus casas encaladas, atrae a otro viajero: el que viene dos o tres noches a recorrer la sierra o a pasear por el pueblo. La ocupación es más baja y las estancias más cortas. Fiscalmente la mecánica es la misma, pero cambia el peso de cada partida: con pocas noches, la imputación de los días vacíos cobra importancia, y los gastos fijos se deducen en una proporción pequeña. A veces la cuenta sale mejor con un alquiler de temporada o de larga duración; lo comparamos en alquilar o dejarlo vacío.
El IVA de las comisiones y de los servicios en una urbanización de Mijas
En Calahonda, la duda de siempre es si los traslados desde el aeropuerto o un mantenimiento diario convierten el alquiler en hostelería y lo llevan al 10 %. Esa discusión sigue en primer plano: el decreto-ley de vivienda que salió en el BOE el 30 de septiembre de 2026, y que gravaba al 10 % toda estancia de hasta 30 noches en vivienda amueblada, con servicios o sin ellos, fue derogado el 2 de octubre por el voto en contra del Congreso. El mantenimiento de las zonas comunes que paga la comunidad sigue sin tener relevancia. La frontera, que vuelve a ser lo que importa, está en servicios hoteleros e IVA.
Cuando el 10 % general llegue, y la directiva europea da de margen hasta julio de 2028, alcanzará igual al propietario de Leeds que a su vecino de Dublín: los dos repercutirán el impuesto, se darán de alta en el IVA español y presentarán el 303. Para quien reside fuera de la Unión puede hacer falta, además, nombrar un representante. Hasta que haya fecha, las semanas de la casa adosada se cobran sin IVA, siempre que no incluyan servicios de hotel.
Plazos del 210 para quien alquila su casa de Mijas desde fuera
El alquiler de 2026 se declara del 1 al 20 de abril de 2027 (hasta el 15 si domicilias el pago); la imputación de los días vacíos, del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027 (23 de diciembre si domicilias). Si hay dos titulares, cada uno presenta el suyo por su mitad. El calendario completo está en el calendario fiscal de una vivienda turística.
Cómo trabajamos con propietarios de las urbanizaciones de Mijas
Empezamos por la pregunta que casi nadie hace: dónde resides. Una vez resuelta, preparamos la declaración que toca, con sus gastos si puedes restarlos, y te lo enseñamos antes de presentar. Si tu casa está en La Cala, Calahonda o cualquier otra urbanización, cuéntanoslo en el alta de la vivienda.