Vigo tiene la frontera a media hora, y eso cambia la rutina fiscal de cualquier negocio: lo que en el resto de España es una operación excepcional, aquí es el día a día.
El registro de operadores intracomunitarios no es opcional
Para comprar o vender a una empresa portuguesa sin IVA hace falta estar dado de alta en el registro de operadores intracomunitarios y tener el número validado en el censo europeo. El alta se pide por el modelo 036 y no es automática: la Administración comprueba antes, y hasta que no aparezcas en el censo, tu proveedor portugués te facturará con impuesto portugués, que no vas a poder deducir aquí.
El aviso práctico es sobre el orden: se pide el alta antes de empezar a operar, no cuando ya hay facturas emitidas. Rehacer facturas y pedir rectificativas a un proveedor extranjero es un trabajo que se podía haber evitado con una semana de antelación.
Bienes y servicios no se localizan igual
Una cosa es vender mercancía que cruza la frontera y otra prestar un servicio. En la entrega de bienes a un empresario de otro Estado miembro, la exención exige número válido, prueba de que la mercancía salió de España y declaración en el modelo 349. En los servicios entre empresarios, la regla general localiza la operación en el país del destinatario: se factura sin IVA español, con inversión del sujeto pasivo, y también va al 349.
Hay excepciones que se olvidan con frecuencia, y en Vigo pesan: los servicios relacionados con inmuebles se localizan donde está el inmueble, sin importar dónde esté el cliente. Un montaje, una reparación o una obra al otro lado del Miño no sigue la regla general.
Un minorista en recargo de equivalencia no presenta el 303, pero si compra a un proveedor portugués tiene que autoliquidar el impuesto de esa adquisición intracomunitaria, y lo hace por el modelo 309, además de darse de alta en el registro y presentar el 349. Es de los errores más frecuentes en el comercio de la ciudad, porque nadie espera un modelo nuevo cuando lleva años sin presentar IVA.
Trabajar a un lado y vivir al otro
Entre Vigo y el norte de Portugal hay mucha gente que cruza a diario. Quién grava ese sueldo depende de la residencia fiscal y de lo que diga el convenio entre España y Portugal, que contiene reglas propias para los trabajadores que se desplazan de un país a otro. No hay una respuesta única y no la vamos a improvisar: se lee el texto del convenio aplicable al supuesto concreto y se mira cuántos días se trabaja en cada sitio, porque ahí se decide.
Lo que sí es común a todos los casos es la prueba: contrato, días trabajados en cada territorio, nóminas y el certificado de residencia fiscal del país que corresponda. Sin eso, la discusión con cualquiera de las dos administraciones se pierde por falta de papeles, no por falta de razón.
Quién nos escribe desde Vigo
| Negocio | Lo que hay que dejar montado |
|---|---|
| Taller auxiliar que factura a una fábrica portuguesa | Alta en el registro, validación del cliente y 349 cuadrado con el 303 |
| Tienda en recargo de equivalencia que compra fuera | Modelo 309 y alta que nunca pidió |
| Instalador que hace obra en Portugal | Regla de los servicios sobre inmuebles y dónde se localiza el IVA |
| Trabajador que cruza la frontera cada día | Residencia fiscal, convenio y prueba de días en cada país |
| Autónomo que vende online a particulares de la Unión | Umbral de ventas a distancia y ventanilla única |
Desde Vigo, en remoto
Dejando el circuito montado una vez: qué se comprueba antes de cada factura, qué documento hay que guardar de cada envío y cómo se cuadra el 349 con el 303 cada trimestre. Hecho eso, deja de ser un problema y pasa a ser rutina.
Llevamos la parte internacional en autónomos internacionales, y la conversación la tenemos en español, inglés o francés según haga falta. Si tu proveedor o tu cliente tienen que entender algo de lo que escribimos, se escribe en su idioma.
Un taller de Vigo con clientes a los dos lados del Miño: su 303, línea a línea
Un taller de reparación de maquinaria industrial del polígono de Balaídos trabaja para fábricas de la comarca y para una planta del norte de Portugal, y compra piezas a un distribuidor de Braga. Un trimestre cualquiera:
| Operación | Base | IVA en el 303 | ¿Va al 349? |
|---|---|---|---|
| Reparaciones a clientes de Vigo | 20.000 € | +4.200 € repercutido | No |
| Reparación de maquinaria de la planta portuguesa | 30.000 € | Sin IVA español: se localiza en Portugal y lo declara el cliente | Sí, como servicio prestado |
| Piezas compradas en Braga | 8.000 € | +1.680 € autorrepercutido y −1.680 € deducido | Sí, como adquisición |
| Compras a proveedores españoles | 6.000 € | −1.260 € soportado | No |
| Resultado del trimestre | 2.940 € a ingresar |
La compra en Braga no cuesta IVA, porque se repercute y se deduce en el mismo 303, pero tiene que aparecer: si falta, el 349 del proveedor portugués no encuentra pareja en el tuyo. Y la reparación para la planta portuguesa va sin IVA porque el cliente es una empresa y la maquinaria es un bien mueble; si en lugar de reparar una máquina se tratara de una instalación fija en la nave, la regla de los inmuebles cambiaría el resultado. La tabla de reglas está en dónde tributa cada servicio.
El calendario de una empresa viguesa que opera con Portugal
| Modelo | Plazo | Lo que hay que vigilar |
|---|---|---|
| 303 y 349 | Del 1 al 20 de abril, julio y octubre; hasta el 30 de enero el cuarto trimestre | Que cuadren entre sí |
| 349 mensual | Del 1 al 20 de cada mes | Pasa a mensual cuando las operaciones intracomunitarias de un trimestre superan 50.000 € |
| 390 | Enero | Que sume los cuatro 303 |
| 347 | Febrero | Solo operaciones con españoles; lo intracomunitario ya va en el 349 |
Una advertencia sobre la última línea de la tabla. Si en vez de reparar una máquina se monta una instalación fija en la nave portuguesa, el servicio se entiende prestado donde está el inmueble, y entonces el impuesto es el portugués. Según lo que prevea la norma de allí para ese tipo de trabajo, lo declara el cliente por inversión del sujeto pasivo o lo tiene que declarar el taller vigués en Portugal, con su propio número. Se comprueba con el cliente antes de presupuestar, porque cambia el precio.
Y un último cruce que se olvida: el cliente portugués declara en su país lo que te ha comprado con tu número, y la administración portuguesa lo comunica a la española. Si tu 349 dice otra cifra, o otro trimestre, la diferencia aparece aunque las dos facturas sean correctas. Se cuadra con el cliente al cerrar cada periodo, no un año después.
Todo lo anterior vale entre empresas. Si reparas la máquina de un particular portugués, la regla general te devuelve al IVA español, con sus excepciones. Y si vendes bienes a distancia a particulares de otros Estados de la Unión por encima de 10.000 € al año en conjunto, a partir de ahí se aplica el IVA del país del comprador, que se declara por la ventanilla única. En el comercio de frontera ese umbral se cruza sin darse cuenta. Está en la ventanilla única y el encargo, en el formulario de autónomos con clientes fuera.