Irene Soler es traductora jurada en Zaragoza. Se dio de alta en el RETA en enero y, al rellenar el trámite, tuvo que marcar una previsión de rendimientos sin saber todavía cuántos encargos tendría. Eligió un tramo bajo «por si acaso». En diciembre ha facturado 42.000 €, ha tenido 12.000 € de gastos deducibles y ha pagado 3.600 € de cuotas a lo largo del año. Su pregunta ya no es cuánto paga cada mes, sino cuánto le va a reclamar la Tesorería cuando se regularice el ejercicio.
La respuesta corta: la cuota de autónomos no es un importe fijo. Desde 2023 se cotiza por rendimientos reales, con una base provisional que tú eliges y una base definitiva que se calcula después con los datos de tu declaración de la renta.
La base se elige en tabla y el tipo lo fija la ley
El artículo 308 de la Ley General de la Seguridad Social establece que los autónomos cotizan «en función de los rendimientos anuales obtenidos» en sus actividades. Cada año la Ley de Presupuestos aprueba dos tablas: una general y otra reducida para quien prevé rendimientos por debajo del primer tramo de la general. Cada tabla se divide en tramos de rendimiento neto mensual y cada tramo tiene una base mínima y una máxima.
La cuota mensual resulta de aplicar a la base elegida los tipos de cotización que también fija cada año la Ley de Presupuestos: contingencias comunes, profesionales, cese de actividad y formación profesional. Por eso no damos una cifra de cuota en esta página: depende del tramo, de la base que escojas dentro de él y de los tipos del año, y cualquier importe que se publique sin esas tres referencias envejece en cuanto cambian los presupuestos.
| Pieza | Quién la fija | Cuándo cambia |
|---|---|---|
| Tramos de rendimiento | Ley de Presupuestos | Cada ejercicio |
| Base mínima y máxima de cada tramo | Ley de Presupuestos | Cada ejercicio |
| Base elegida dentro del tramo | Tú, al darte de alta o después | Varias veces al año |
| Tipos de cotización | Ley de Presupuestos | Cada ejercicio |
| Base definitiva | Tesorería, con el dato de Hacienda | Al regularizar el año |
Qué rendimiento cuenta para la Seguridad Social
No se cotiza por lo facturado ni por el beneficio contable a secas. La regla 1.ª del artículo 308.1.c) toma el rendimiento neto de la actividad calculado con las normas del IRPF y, en estimación directa, le suma de nuevo las cuotas de Seguridad Social del titular. Después, la regla 2.ª resta una deducción por gastos genéricos del 7 %, que baja al 3 % para el autónomo societario.
El motivo de sumar las cuotas es evitar un círculo: la cuota es gasto deducible en el IRPF, pero no puede rebajar el rendimiento que sirve para calcularla.
Las cifras de Irene, paso a paso
- Ingresos del año: 42.000 €.
- Gastos deducibles distintos de la cuota: 12.000 €.
- Cuotas pagadas al RETA: 3.600 €, también deducibles en el IRPF.
- Rendimiento neto fiscal: 42.000 − 12.000 − 3.600 = 26.400 €.
- Se añaden las cuotas: 26.400 + 3.600 = 30.000 €.
- Deducción por gastos genéricos del 7 %: 30.000 × 0,93 = 27.900 €.
- Promedio mensual: 27.900 ÷ 12 = 2.325 €.
Esos 2.325 € al mes son los que se sitúan en la tabla general de ese año para saber en qué tramo está Irene. Si la base por la que cotizó en provisional es inferior a la base mínima de ese tramo, tendrá que pagar la diferencia. Si hubiera cotizado por encima de la base máxima del tramo, la Tesorería le devolvería el exceso.
El cálculo exige tener cerrada la contabilidad del año. Un gasto que luego no se admite en una comprobación de Hacienda eleva el rendimiento y, con él, la base de cotización. La relación entre las dos administraciones está explicada con más detalle en la guía sobre la cuota por ingresos reales.
La regularización llega con retraso y tiene plazo propio
Hacienda comunica a la Tesorería los rendimientos computables una vez presentada la declaración del IRPF. Con ese dato, la Tesorería fija la base definitiva de cada mes y compara:
- Si pagaste de menos, debes ingresar la diferencia hasta el último día del mes siguiente a la notificación del resultado. Según la regla 4.ª del artículo 308.1.c), en ese plazo no hay interés de demora ni recargo.
- Si pagaste de más por encima del máximo de tu tramo, la devolución es de oficio y sin intereses, antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunicó los rendimientos.
- Si tu base provisional quedó dentro del tramo correcto, entre su mínimo y su máximo, no hay regularización.
En la práctica, entre el año cotizado y la carta de la Tesorería puede pasar bastante tiempo. Conviene reservar liquidez para esa diferencia si sabes que has elegido un tramo más bajo que tu realidad.
La regla 5.ª del artículo 308.1.c) dispone que, si el autónomo no presenta la declaración del IRPF o la presenta sin declarar ingresos de la actividad en estimación directa, la base definitiva será la mínima de contingencias comunes del grupo de cotización 7 del Régimen General. No es una sanción, pero sí un suelo que se aplica sin atender a lo que realmente ganaste, y además la falta de declaración tiene sus propias consecuencias fiscales.
Cambiar la base durante el año
La regla 3.ª del artículo 308.1.a) obliga a ajustar la base a medida que cambian tus previsiones. La normativa permite varios cambios al año, con efectos en fechas determinadas. Irene, al ver en junio que su facturación iba muy por encima de lo previsto, podría haber subido de tramo y evitar que la diferencia se acumulase entera para la regularización.
No hay que acertar al euro. El objetivo razonable es que el tramo elegido sea coherente con lo que dicen tus libros en cada momento. Un tramo muy bajo sostenido todo el año solo traslada el pago al futuro, y un tramo muy alto adelanta dinero que tardará en volver.
Si estás preparando el alta y quieres que el tramo inicial se base en una previsión razonada y no en una intuición, puedes enviarnos los datos por el formulario de alta de autónomo: actividad, clientes previstos, gastos fijos y si tienes o no otra fuente de ingresos.
Situaciones que alteran el cálculo general
Hay casos en los que la cuota no sigue la mecánica anterior, o la sigue con matices:
| Situación | Qué cambia |
|---|---|
| Primer año con cuota reducida | Cuota fija sin regularización durante los primeros doce meses (art. 38 ter LETA) |
| Autónomo societario | Base mínima ligada al grupo 7 y gastos genéricos del 3 % |
| Pluriactividad con nómina | Posible reintegro de parte de lo cotizado por comunes |
| Alta de oficio o tardía | Base mínima del tramo 1 para los meses anteriores, sin regularización |
| Varias actividades | Un único alta en el RETA; se suman todos los rendimientos |
Cada una tiene su explicación propia: la tarifa plana, el administrador de sociedad, la nómina más actividad y el alta presentada tarde.
Lo que no se regulariza
Dos advertencias sobre la letra pequeña. Primera: las cuotas que no pagaste en su plazo voluntario, calculadas con la base provisional, no se devuelven ni se modifican aunque la base definitiva resulte menor; y los recargos e intereses nunca se devuelven. Segunda: si Hacienda revisa después tu IRPF y el rendimiento sube, la Tesorería lo comunica a la Inspección de Trabajo para que regularice. Si el rendimiento baja por una rectificación a tu favor, puedes pedir la devolución de lo ingresado de más.
Eso significa que la cuota de autónomos queda abierta mientras lo está el IRPF del mismo año. Cualquier corrección fiscal tiene un eco en la cotización, y conviene tenerlo presente al decidir si se rectifica una autoliquidación o se acepta una propuesta de Hacienda.
Qué conviene tener a mano cada trimestre
Para que la base provisional no se aleje de la realidad, basta con una revisión trimestral sencilla: ingresos acumulados, gastos acumulados, proyección al cierre del año y comparación con el tramo que tienes elegido. Esa misma información sirve para el pago fraccionado del modelo 130, de modo que no es trabajo adicional sino una lectura distinta de los mismos números. El calendario de modelos del primer año sitúa esas fechas.
Irene, con 2.325 € de promedio mensual, puede comprobar cuando se publiquen los resultados si su tramo provisional estaba por debajo y preparar el ingreso. Si al hacerlo detecta gastos no contabilizados, la corrección debe hacerse en el IRPF, que es de donde bebe la Seguridad Social, no directamente ante la Tesorería.
En Salama Tax revisamos la previsión de rendimientos al dar de alta la actividad y la contrastamos con los libros cada trimestre, porque el tramo de cotización y el pago fraccionado del IRPF salen de las mismas cifras y deben contar la misma historia.