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Hacienda y Seguridad Social, en su orden

La cuota de autónomos por ingresos reales

Tramos, base de cotización, rendimiento neto computable y la regularización del año siguiente, con un ejemplo de cómo se ajusta al alza y a la baja.

Parte de Darse de alta como autónomo.

Desde la reforma que introdujo el Real Decreto-ley 13/2022, la cuota de autónomos dejó de ser una elección libre y pasó a depender de lo que ganas. El sistema funciona en dos tiempos: durante el año pagas según una previsión que haces tú, y al año siguiente la Tesorería compara esa previsión con lo que realmente declaraste y regulariza la diferencia. Entender el mecanismo evita las dos sorpresas típicas: la carta que reclama y la que devuelve tarde.

El esquema, en cuatro movimientos

  1. Previsión. Al darte de alta, y cada vez que quieras, comunicas los rendimientos netos que esperas obtener en el año.
  2. Tramo y base. Esa previsión te sitúa en un tramo, y dentro del tramo eliges la base de cotización entre un mínimo y un máximo. De la base sale la cuota mensual.
  3. Declaración de la renta. Al año siguiente, tu IRPF revela los rendimientos reales.
  4. Regularización. La Tesorería compara, y te reclama la diferencia o te devuelve el exceso.
Los tramos cambian todos los años

La tabla de tramos y de bases se fija anualmente, y por eso aquí no la publicamos: cualquier cuadro que escribiéramos estaría desactualizado la próxima vez que alguien lea esta página. Lo que no cambia es el mecanismo, que es lo que explicamos. La tabla vigente está en la sede electrónica de la Seguridad Social y en el portal Import@ss, y es la única referencia que conviene usar para hacer números.

Qué es el «rendimiento neto computable»

Aquí está el nudo. La cifra que decide tu tramo no es tu facturación, ni tampoco exactamente el rendimiento neto de tu declaración de la renta. Es un cálculo propio de la Seguridad Social que se construye así:

PasoOperación
1Rendimiento neto de la actividad, calculado según las normas del IRPF: ingresos menos gastos deducibles
2Se suman las cuotas de la Seguridad Social del propio trabajador, que en el IRPF se habían restado como gasto
3Se resta una deducción por gastos genéricos, en el porcentaje que fija la norma, que para el autónomo societario es del 3 %
=Rendimiento neto computable, que es el que se divide entre los meses de alta

El paso 2 sorprende a casi todo el mundo: las cuotas que has pagado se vuelven a sumar. La razón es que el sistema quiere medir la capacidad económica antes de la propia cotización, para que no se produzca un círculo en el que pagar menos cuota suba la base. El paso 3 es la contrapartida, una deducción a tanto alzado que no hay que justificar.

Qué rendimientos entran

No solo los de la actividad por cuenta propia clásica. Entran los rendimientos de todas las actividades económicas desarrolladas por el trabajador autónomo, y en el caso de quien es socio de sociedades entran además los rendimientos que la norma le atribuye por su condición de societario. Quien tiene dos actividades suma las dos: no se cotiza por cada una, se cotiza una vez sobre el conjunto.

La previsión se puede cambiar varias veces al año

Es la herramienta más útil del sistema y la que menos se usa. La normativa permite modificar la base de cotización varias veces a lo largo del año —hasta seis, con efectos escalonados a lo largo de los bimestres— comunicando una nueva previsión de rendimientos. No hace falta justificar nada: basta con comunicarlo.

Situación durante el añoQué conviene hacer
El negocio va mejor de lo previstoSubir la base. Evita una regularización con reclamación al año siguiente y mejora las prestaciones
El negocio va peorBajar la base. Alivia la tesorería ahora y evita esperar un año a que te devuelvan
Se pierde el cliente principal en septiembreRevisar la previsión del ejercicio completo, no solo la del último trimestre
No ha cambiado nadaRevisar igualmente en el último bimestre: es la última oportunidad de ajustar el año
Bajar la base no es gratis en el otro lado

La base de cotización no solo determina lo que pagas: determina lo que cobrarías en una baja médica, en una prestación por cese de actividad y, a largo plazo, en la pensión. Cotizar por el mínimo durante toda la vida laboral tiene un coste diferido que no aparece en ninguna cuota mensual. Es una decisión personal y no damos recomendaciones de planificación financiera: lo que sí hacemos es poner los dos efectos sobre la mesa antes de que se decida.

La regularización del año siguiente, con dos ejemplos

La Tesorería recibe de la Agencia Tributaria los datos de tu declaración, calcula tu rendimiento neto computable y lo compara con la base por la que cotizaste.

CasoLo que ocurrióResultado
Cotizaste por debajo de lo que te correspondíaPreviste unos rendimientos bajos y el año fue mejorLa Tesorería reclama la diferencia, con un plazo de ingreso propio
Cotizaste por encimaPreviste de más, o el año se torcióSe devuelve el exceso de oficio, dentro del plazo que fija la norma
Cotizaste dentro del tramo correctoLa previsión fue razonableNada que regularizar

Dos avisos prácticos sobre la reclamación. El primero: llega bastante después del cierre del ejercicio, porque antes tiene que haberse presentado y procesado la renta, de modo que conviene tener presente que existe y no gastarse el dinero. El segundo: si tu declaración de la renta está mal —gastos no deducidos, ingresos mal imputados— la regularización arrastra el error, porque parte de esos datos. Llevar bien la contabilidad no solo ahorra IRPF: ahorra cuota.

Un ejemplo completo, de la factura al tramo

El camino desde lo que se factura hasta la cifra que decide el tramo tiene cuatro escalones, y en cada uno se pierde o se gana. Con un autónomo de doce meses de alta, sin condición de societario:

ConceptoImporte
Ingresos de la actividad, sin IVA48.000
Gastos deducibles, sin contar las cuotas de autónomos−13.500
Cuotas de la Seguridad Social pagadas en el año−4.100
Rendimiento neto del IRPF30.400
Se vuelven a sumar las cuotas de la Seguridad Social+4.100
Deducción por gastos genéricos, en el porcentaje vigentesegún tabla
Rendimiento neto computableEl resultado anterior
Dividido entre 12 meses de altaPromedio mensual que busca el tramo

Fíjate en la doble aparición de las cuotas: se restan para el IRPF y se vuelven a sumar para la Seguridad Social. No es un error de la tabla, es exactamente lo que hace el sistema, y es la razón por la que el número que decide tu cuota es siempre algo mayor que el rendimiento neto de tu declaración. Quien busca su tramo partiendo directamente de la casilla de la renta se coloca un escalón por debajo del que le corresponde y se prepara una regularización.

Cómo hacer una previsión que no falle demasiado

  1. Parte del año anterior, si lo hubo, y no de la facturación bruta.
  2. Resta los gastos reales, incluida la amortización de lo que hayas comprado.
  3. Suma las cuotas de autónomos que vas a pagar. Es el paso que casi nadie da y el que más desvía el cálculo.
  4. Aplica la deducción por gastos genéricos que corresponda a tu situación.
  5. Divide entre los meses de alta y busca el tramo en la tabla vigente.

Si acabas de empezar y no tienes historia, una previsión prudente y una revisión a mitad de año valen más que una estimación optimista sostenida doce meses. El sistema está diseñado para corregirse sobre la marcha, y no usar esa posibilidad es renunciar a la mitad de sus ventajas.

Meses incompletos, altas y bajas

El promedio se calcula dividiendo el rendimiento neto computable entre los meses de alta del año, no entre doce. Quien se da de alta en septiembre divide entre cuatro, de modo que un rendimiento pequeño en términos anuales puede situarlo en un tramo alto en términos mensuales. Es un efecto contraintuitivo que sorprende al primer autónomo que se da de alta a mitad de año con una facturación concentrada.

Lo mismo vale al revés: quien causa baja en abril y vuelve en noviembre tiene dos periodos de alta que suman meses, y el cómputo se hace sobre el conjunto. Por eso, cuando el alta no cubre el año entero, conviene rehacer la previsión pensando en meses y no en el total del ejercicio: es el error de cálculo más frecuente de todo el sistema.

Cómo se cruza con la tarifa plana

Quien tiene derecho a la cuota reducida del artículo 38 ter de la Ley 20/2007 paga 86 € al mes el primer año con independencia de sus rendimientos, y la prórroga del segundo año sí queda condicionada al nivel de esos rendimientos. Durante ese periodo la lógica de tramos queda en suspenso, y se recupera cuando termina. Quién entra y quién no, en la tarifa plana.

Y quien compagina el autónomo con una nómina cotiza en dos regímenes a la vez, con una regla propia de devolución del exceso que explicamos en nómina y autónomo a la vez. El calendario de todo lo demás está en tu primer año de autónomo.

Nosotros llevamos la contabilidad y las declaraciones, que es de donde sale el número que la Tesorería acaba usando. Si quieres que revisemos tu previsión antes de que se cierre el año, o que miremos una regularización que te ha llegado, escríbenos por el formulario de alta de autónomo. La página de la línea está en darse de alta como autónomo. No prometemos que una reclamación de la Tesorería se pueda anular: prometemos comprobar de dónde sale la cifra antes de pagarla.

Cuéntanos tu alta de autónomo en dos minutos

Quien llega hasta aquí suele tener un caso concreto. Escríbenos por el formulario de darse de alta como autónomo y te respondemos con lo que corresponde.

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