Las RSU en España. Ninguna norma española define las RSU. Lo que se aplica son las reglas generales del rendimiento del trabajo, y el resultado depende de detalles que no caben en una página: el calendario de consolidación, las cláusulas de salida, el país donde estuviste cada año y si hubo venta inmediata.
Valentina Ortega es venezolana, reside en Madrid desde 2019 y es la primera ingeniera de una startup de Valencia que desarrolla software de gestión hospitalaria. La sociedad está inscrita en el Registro Mercantil como empresa emergente conforme a la Ley 28/2022. En 2023 le concedieron opciones sobre 3.000 participaciones con un precio de ejercicio de 5 €. En 2026 las ejercita. En la última ampliación de capital de 2025, un fondo independiente suscribió participaciones a 30 € cada una. Valentina ha oído que para las startups españolas «hay un régimen especial», y quiere saber qué le toca pagar ahora y qué más tarde.
Una sola condición previa: que la empresa sea emergente
El régimen fiscal especial no se aplica a cualquier empresa joven ni a cualquier startup con sede en España. Se aplica a las empresas emergentes definidas por el artículo 3 de la Ley 28/2022, cuya condición debe constar inscrita en el Registro Mercantil tras la evaluación de ENISA. La ley exige que la empresa cumpla simultáneamente estos requisitos:
| Requisito | Qué exige la Ley 28/2022 |
|---|---|
| Antigüedad | No más de cinco años desde la inscripción de su constitución, o siete en biotecnología, energía, industria y otros sectores que se determinen |
| Origen | No proceder de una fusión, escisión o transformación de empresas no emergentes |
| Dividendos | No distribuir ni haber distribuido dividendos |
| Cotización | No cotizar en un mercado regulado |
| Sede | Sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España |
| Plantilla | El 60 % de la plantilla con contrato laboral en España |
| Proyecto | Emprendimiento innovador con modelo de negocio escalable, evaluado por ENISA |
Además, la empresa pierde los beneficios si su volumen de negocio anual supera los diez millones de euros, si es adquirida por otra que no sea emergente o al cumplirse los cinco o siete años. Si pertenece a un grupo, el grupo o cada sociedad debe cumplir los requisitos.
Los requisitos que casi nadie cumple
En la práctica, muchas startups que se presentan como españolas no cumplen el régimen. Las causas más frecuentes son tres. Primera: no han solicitado la certificación a ENISA ni tienen la inscripción, que es lo que acredita la condición. Segunda: tienen la estructura de una sociedad matriz en Estados Unidos con filial española, de modo que las opciones las concede la matriz, que no es una emergente española. Tercera: el equipo está repartido por varios países y menos del 60 % de la plantilla tiene contrato laboral en España.
Para las opciones, la ley añade una regla importante: los requisitos de empresa emergente deben cumplirse en el momento de la concesión de la opción, no del ejercicio. Si la startup de Valentina era emergente en 2023, aunque en 2026 ya haya superado los diez millones de facturación, el ejercicio puede acogerse al régimen.
Tres especialidades fiscales
Exención de hasta 50.000 € anuales. El artículo 42.3.f) de la Ley del IRPF amplía para las emergentes la exención general de 12.000 € por entrega de acciones a los trabajadores. Además, no exige que la oferta se haga en las mismas condiciones para toda la plantilla: basta con que forme parte de la política retributiva general de la empresa y contribuya a la participación de los trabajadores. Se mantienen los requisitos del artículo 43 del Reglamento: participación no superior al 5 % con los familiares cercanos y mantenimiento de los títulos al menos tres años.
Valoración especial. El artículo 43.1 de la ley valora las acciones entregadas por el precio pagado por un tercero independiente en la última ampliación de capital del año anterior a la entrega. Si no hubo ampliación, se usa el valor de mercado del momento de la entrega.
Imputación diferida. El artículo 14.2.m) permite que la parte no exenta no se impute en el año de la entrega, sino en el primero en que ocurra alguno de estos hechos: la salida a bolsa o a un sistema multilateral de negociación, o la salida de las acciones del patrimonio del trabajador. Si en diez años no ocurre ninguno, se imputa en el año en que se cumple ese plazo.
Las cifras de Valentina
- Valor de referencia: 30 € por participación, el precio de la ampliación de 2025 suscrita por un tercero independiente.
- Precio pagado: 5 €.
- Ventaja por participación: 25 €.
- Ventaja total: 3.000 × 25 = 75.000 €.
- Parte exenta: 50.000 €.
- Parte no exenta: 25.000 €, que no se imputa en 2026 sino cuando la empresa salga a bolsa, cuando Valentina venda las participaciones o, a más tardar, a los diez años.
Sin el régimen, los 75.000 € habrían sido rendimiento del trabajo de 2026, y el valor aplicable habría sido el valor de mercado del día del ejercicio, que podría ser distinto.
Si Valentina vende antes de tres años, pierde la exención y debe presentar una autoliquidación complementaria con intereses de demora. La venta es además uno de los hechos que obligan a imputar la parte diferida. Si deja de ser residente, el artículo 14.3 obliga a integrar las rentas pendientes en la última declaración como residente, con una opción distinta si se traslada a otro Estado de la Unión Europea. Y si Hacienda comprueba después que la empresa no cumplía los requisitos, el régimen entero puede caer. No podemos garantizar que se mantenga.
Qué debe pedir Valentina a la empresa
Para sostener el régimen conviene tener tres documentos: la inscripción de la condición de emergente vigente en la fecha de concesión de 2023; la escritura de la ampliación de 2025, que acredite el precio y que el suscriptor era un tercero independiente; y el acuerdo del órgano de administración que aprobó el plan como parte de la política retributiva general. Sin ellos, la exención ampliada y la valoración especial son afirmaciones difíciles de probar.
Si la empresa deja de ser emergente
La pérdida de la condición no afecta a las opciones concedidas mientras la empresa era emergente, por la regla del momento de concesión. Pero las opciones concedidas después sí quedan fuera. Una empresa que crece deprisa puede, en pocos años, dar a sus primeros empleados el régimen especial y a los siguientes el régimen general. Las reglas generales, con el problema de valorar una acción sin mercado, están en opciones de una startup que no cotiza y qué valor pongo si mi empresa no cotiza.
Si quieres que comprobemos la condición de emergente de tu empresa y el efecto en tus opciones, envíanos la carta de concesión y la nota del Registro Mercantil por el formulario de equity.
Cuando llega la venta de la empresa
Si la startup de Valentina se vende a un grupo mayor y ella vende sus participaciones, en ese año se imputarán los 25.000 € diferidos como rendimiento del trabajo, y además calculará la ganancia patrimonial de la venta. Si el comprador no es emergente, la empresa pierde además la condición a partir de ese momento. Lo que ocurre con el equity en una adquisición se explica en venden la empresa.
El régimen de las empresas emergentes forma parte de lo que explicamos en la página de Salama Tax sobre stock options y participaciones de empleados, con la documentación que acredita cada requisito.