Las RSU en España. Conviene decirlo claro: las RSU no están reconocidas como tal en la normativa española. Se encajan en el rendimiento del trabajo en especie y, cuando toca, en la reducción por irregularidad, pero el encaje depende de cada plan y de tu residencia en los años de generación. Un artículo describe el camino habitual; tu caso puede ir por otro.
Lucas Ferreira es portugués y vive en Zaragoza desde 2023. Trabaja en remoto para una empresa de pagos con sede en Nueva York, contratado a través de una sociedad española del grupo. En 2026 le consolidaron RSU por valor de 40.000 € y las acciones aparecieron en su cuenta del bróker sin que le vendieran ninguna para impuestos. Su nómina de ese mes no refleja nada y el certificado de retenciones que le dará la sociedad española probablemente tampoco. Lucas se pregunta si, al no haber retención, esa renta queda fuera de su declaración. No queda: la retención es un pago a cuenta del impuesto, no el impuesto. Que nadie la practique no cambia lo que debes.
Retener y tributar son dos obligaciones distintas
El IRPF funciona con dos piezas. Por un lado, el contribuyente declara cada año toda su renta y calcula su cuota. Por otro, ciertas personas y entidades que pagan rentas deben adelantar parte de ese impuesto mediante retenciones o ingresos a cuenta. La segunda pieza sirve para asegurar la recaudación, pero no define qué rentas existen. Si el pagador no retiene, tu renta sigue siendo la misma y tu declaración debe incluirla completa.
En las acciones entregadas como retribución, lo que se practica no es una retención en sentido estricto sino un ingreso a cuenta, porque la renta es en especie: la empresa no te paga dinero del que pueda descontar nada.
¿Debería alguien haber hecho el ingreso a cuenta?
Depende de cómo esté organizado el grupo. El artículo 99.2 de la Ley del IRPF contiene una regla pensada para estas situaciones: cuando una entidad, residente o no, paga rendimientos del trabajo a personas que prestan servicios a una entidad residente vinculada con ella, es la entidad en la que se prestan los servicios la que debe efectuar la retención o el ingreso a cuenta. Traducido al caso de Lucas: aunque las RSU las conceda la matriz de Nueva York, la sociedad española para la que trabaja es la llamada a ingresar a cuenta.
| Estructura del empleo | ¿Quién debería ingresar a cuenta? | Situación frecuente |
|---|---|---|
| Contrato con filial española y equity de la matriz | La filial española | A veces la filial no recibe los datos a tiempo y no ingresa nada |
| Contrato directo con empresa extranjera registrada en España como empleadora | La empresa extranjera | Suele practicarlo si tiene nómina española |
| Contrato con una empresa de empleo interpuesta (EOR) | Depende del contrato y de quién sea el pagador | Muchas veces el EOR no conoce el equity del cliente |
| Autónomo que factura a la empresa extranjera | Nadie en la mayoría de los casos | El equity se analiza además como rendimiento de la actividad o del trabajo |
El apartado 6 del mismo artículo añade una presunción: cuando existe obligación de ingresar a cuenta, se presume que el ingreso se ha efectuado, y el contribuyente incluye en su base la valoración de la retribución en especie y el ingreso a cuenta, salvo que se le haya repercutido. Qué efecto concreto tiene esa presunción cuando el pagador no ingresó nada es una cuestión técnica que depende de los hechos y de la documentación; no conviene aplicarla por tu cuenta sin analizarla.
No declarar no es una opción segura
Hacienda puede conocer la entrega por varias vías: la información del propio pagador español si la incluye en su resumen anual, los intercambios automáticos de información financiera con otros países o la simple coherencia entre tu patrimonio y tus rentas. Si Lucas omite los 40.000 € y la Agencia Tributaria lo detecta, la regularización incluiría la cuota, los intereses de demora y una posible sanción. Si lo corrige él por su cuenta antes de cualquier requerimiento, el artículo 27 de la Ley General Tributaria aplica un recargo del 1 % más un punto adicional por cada mes completo de retraso, y a partir de doce meses el 15 % más intereses, sin sanción. El cálculo está en la guía sobre el recargo del artículo 27.
Aunque la filial debiera haber ingresado a cuenta, el contribuyente sigue obligado a declarar la renta completa. Exigir a la empresa que regularice su parte es una cuestión distinta, que no suspende tu obligación ni el plazo de tu declaración. No podemos asegurarte que Hacienda no te requiera a ti primero.
Cuánto reservar: un método que funciona
La pregunta práctica de Lucas es cuánto dinero apartar. No existe un porcentaje fijo que sirva para todo el mundo: depende de su comunidad autónoma, de sus otras rentas y de sus circunstancias familiares. Lo que sí existe es un método fiable:
- Calcula tu declaración de 2026 en el simulador de Renta de la Agencia Tributaria con tus rentas sin el equity.
- Repite el cálculo añadiendo los 40.000 € como rendimiento del trabajo en especie.
- La diferencia entre las dos cuotas es lo que el equity te cuesta. Resta de ella cualquier ingreso a cuenta que conste en tu certificado por ese concepto.
- Convierte el resultado en número de acciones a vender, si no tienes el dinero en efectivo.
Supongamos, con cifras ficticias, que el simulador arroja una cuota de 14.600 € sin el equity y de 32.800 € con él:
- Coste del equity: 32.800 − 14.600 = 18.200 €.
- Ingreso a cuenta que figura en el certificado por las RSU: 0 €.
- Importe a reservar: 18.200 €.
- Si la acción cotiza a 50 USD y el cambio es de 0,90 € por dólar, cada acción vale 45 €: 18.200 / 45 = 404,4. Lucas necesitaría vender unas 405 acciones, más las comisiones.
Si vende esas acciones más adelante, la venta tendrá su propio resultado patrimonial, con el valor de adquisición igual al valor por el que tributaron como trabajo. Lo explicamos al final de cómo tributan las RSU.
Qué pedir a la empresa ahora
Antes de la campaña, Lucas debería pedir a la sociedad española dos cosas: el certificado de retenciones e ingresos a cuenta, para ver si incluye el equity, y una confirmación escrita de si ha efectuado o va a efectuar el ingreso a cuenta. Si la filial lo incluye tarde, puede aparecer en el certificado con un importe que no coincida con el que Lucas ya había calculado, y conviene cuadrarlo antes de presentar.
También debería guardar la notificación de consolidación del bróker con el valor por acción del día y el número de títulos, porque es la prueba de la renta. Puedes enviarnos esa documentación por el formulario de equity para comprobar si falta algún ingreso a cuenta.
Si llevas varios años así
Es habitual descubrir el problema tarde: tres o cuatro años de consolidaciones sin reflejo en la declaración. En ese caso lo prudente es ordenar la regularización por ejercicios, empezando por el más antiguo no prescrito. La guía sobre el orden para regularizar varios ejercicios describe cómo hacerlo. Si además tienes las acciones en un bróker estadounidense, revisa si has superado los umbrales del modelo 720.
Si en lugar de RSU tienes opciones, el hecho que genera la renta es el ejercicio, no la consolidación; está en cuándo tributan mis stock options.
Lo que falta en un certificado de retenciones es uno de los puntos que revisamos en la página de Salama Tax sobre equity de empleados, junto con el cálculo de lo que conviene reservar cada año.