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Hacienda y Seguridad Social, en su orden

¿Puedo deducir lo que gasté antes de darme de alta?

El IVA de compras previas al inicio se deduce si la intención se prueba con elementos objetivos; en el IRPF el gasto previo exige cautela.

Dentro de Darse de alta como autónomo.

Marta Ibáñez va a abrir un estudio de pilates en Logroño. Entre marzo y mayo de 2026, antes de dar la primera clase, compró reformers y material por 14.000 € más IVA, pagó 3.500 € más IVA a un arquitecto técnico por el proyecto de adecuación del local y firmó el alquiler. Empieza a dar clases en junio. Algunas facturas están a su nombre con su NIF; otras, las del material más barato, son tiques de caja. Quiere saber si puede recuperar el IVA de todo eso y si esos gastos rebajan su beneficio del primer año.

La respuesta es distinta para cada impuesto, y en ambos depende más de los papeles que de la intención.

El IVA: la ley contempla expresamente este caso

El artículo 111 de la Ley del IVA regula las deducciones de las cuotas soportadas antes del inicio de las entregas o prestaciones. Quien no venía desarrollando actividades y adquiere bienes o servicios «con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos» a una actividad empresarial o profesional adquiere la condición de empresario desde esas adquisiciones y puede deducir las cuotas soportadas antes de empezar a vender.

Tres consecuencias prácticas del precepto:

  • Las deducciones son provisionales y quedan sometidas a la regularización de los artículos 112 y 113 de la ley, que ajusta lo deducido si la actividad real acaba siendo distinta de la prevista, por ejemplo con operaciones exentas.
  • Se aplica el porcentaje que proponga el empresario a la Administración, salvo que esta fije otro atendiendo a las características de la actividad.
  • Se puede pedir la devolución de esas cuotas sin esperar al final del año, con arreglo al artículo 115.

El precepto exige, por tanto, dos cosas: que te hayas convertido en empresario desde las adquisiciones, y que la intención se apoye en hechos verificables.

La trampa de las clases exentas

En el caso de Marta hay una cuestión previa: si las clases de pilates que va a dar fueran operaciones exentas de IVA, el IVA soportado en las compras no sería deducible, antes ni después del alta. Algunas actividades de enseñanza o sanitarias pueden estar exentas según quién las preste y cómo, y la calificación depende de los hechos. Las clases de un estudio de pilates orientadas al ejercicio físico suelen tributar, pero es lo primero que hay que confirmar, porque decide todo lo demás.

Qué cuenta como elemento objetivo

La intención no se demuestra con una declaración. Se demuestra con documentos que un inspector pueda ver:

ElementoQué acredita
Alta censal con fecha de inicio de adquisicionesQue comunicaste a Hacienda el comienzo
Contrato de alquiler del localQue existe un lugar para la actividad
Proyecto técnico y licencia o comunicación municipalQue el local se adapta a ese uso
Facturas completas a tu nombre y NIFQuién compró y qué IVA soportó
Presupuestos, web, publicidad, agenda de reservasQue la actividad se estaba preparando de verdad
Préstamo o aportación para la inversiónCómo se financió

El modelo 036 permite comunicar el inicio de las adquisiciones previas al comienzo de las ventas. Si Marta presentó el alta en junio con esa fecha y no mencionó las compras de marzo a mayo, conviene corregirlo mediante una modificación antes de solicitar ninguna devolución. La secuencia de los trámites de alta está en Hacienda o Seguridad Social: qué va primero.

Las cifras de Marta, paso a paso

Suponiendo que las clases tributan y que las facturas son correctas:

  1. Material y reformers: 14.000 € de base, con 2.940 € de IVA al 21 %.
  2. Proyecto técnico: 3.500 € de base, con 735 € de IVA.
  3. IVA soportado deducible antes del inicio: 2.940 + 735 = 3.675 €.
  4. Tiques de caja sin identificación de Marta: no permiten deducir el IVA; se quedan fuera.
  5. En el primer modelo 303 que presente, las cuotas deducibles superarán a las repercutidas, y el saldo podrá solicitarse o compensarse según lo que permita cada periodo.
  6. Si un gasto se refiere a un bien de inversión, como los reformers, su deducción queda sujeta a regularización durante los años siguientes si cambia su uso.

Pedir una devolución de IVA en el primer trimestre de actividad suele atraer una comprobación. No es una razón para no pedirla, pero sí para tener los documentos de la tabla anterior reunidos antes de presentar.

Un tique no es una factura

La deducción del IVA exige una factura completa a nombre de quien deduce, con su NIF y domicilio. Las facturas simplificadas o tiques de caja sin esos datos no dan derecho a deducir, aunque el gasto sea real y esté pagado. En compras previas al alta es donde más se pierde, porque se paga sin pensar todavía como empresario. Si aún estás a tiempo, pide al proveedor la factura completa.

El IRPF: más cautela

La Ley del IRPF no tiene un artículo equivalente al 111 de la Ley del IVA. El rendimiento neto de la actividad se calcula con las normas del Impuesto sobre Sociedades, según el artículo 28 de la Ley del IRPF, y los gastos se imputan conforme al devengo. Un gasto de mayo se imputa, en principio, al periodo en que se devenga, que es el mismo año en que empieza la actividad de Marta.

La cuestión es si ese gasto está ya vinculado a la actividad. Cuando la actividad efectivamente se inicia y el gasto es preparatorio y necesario para ella, hay base para defender su cómputo en el primer ejercicio. Cuando la actividad no llega a iniciarse, o el gasto se hizo años antes, la defensa es mucho más débil. En cualquier caso:

  • Los bienes que se usarán varios años, como los reformers, no se deducen de golpe: se amortizan desde su puesta en funcionamiento.
  • Los gastos corrientes previos, como el alquiler de los meses de obra o el proyecto técnico, se defienden mejor si hay una fecha de inicio comunicada que los abarque.
  • Todo exige factura o justificante válido y prueba del pago.

No hay garantía de que la Administración acepte cada gasto previo. Lo que sí puede hacerse es que el expediente cuente una historia coherente: fechas del 036, contrato de alquiler, facturas y primera clase deben encajar entre sí.

Puedes enviarnos las facturas previas y la cronología de la apertura por el formulario de alta de autónomo. Con esos datos se ve qué es deducible en cada impuesto y qué documentación falta.

Qué pasa con la Seguridad Social

Comprar material antes de empezar no obliga por sí solo al alta en el RETA, que exige el ejercicio habitual de la actividad. Pero para Hacienda las adquisiciones pueden marcar ya el inicio de la actividad censal. Esa diferencia de fechas es legítima si responde a los hechos. Lo que no conviene es adelantar la fecha fiscal solo para deducir y, a la vez, sostener ante la Tesorería que la actividad no había empezado cuando ya se estaban dando clases de prueba cobradas. Si eso ocurrió, la situación es la que se describe en me di de alta tarde.

Si el negocio no llega a abrir

Si Marta hubiera comprado el material y finalmente no abriera el estudio, las deducciones provisionales de IVA quedarían en entredicho. La regulación de los artículos 112 y 113 opera sobre la actividad real, y la Administración podría exigir la devolución de lo deducido si entiende que la intención no se confirmó. Hay supuestos en que el fracaso de un proyecto serio no impide conservar la deducción, pero depende de la prueba de que la intención era real y de las razones por las que no se abrió.

Para quien trabaja desde casa, la cuestión de los gastos compartidos con la vivienda tiene sus propias reglas, recogidas en trabajo desde casa: qué puedo deducir. Y el calendario de los primeros modelos que se presentan después del alta está en la guía del primer año de autónomo.

En Salama Tax revisamos las facturas anteriores al alta cuando se prepara el 036, de modo que la fecha de inicio que se comunica a Hacienda recoja las adquisiciones previas y el primer 303 pueda sostenerse si llega una comprobación.

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