Alba Serrano es ilustradora en Santander. Hasta 2025 trabajaba para editoriales españolas, que le retenían el 15 % en cada factura y le ahorraban cualquier cálculo de pagos a cuenta. En 2026 su cartera dio un giro: ahora ilustra para una editorial de Nueva York, un estudio de videojuegos de Seattle y un pódcast de Chicago, y factura en dólares. En abril, su asesora le preguntó por el modelo 130 del primer trimestre. Alba contestó que nunca lo había presentado, porque «le retenían». Este año ya no le retiene nadie, y eso cambia varias cosas a la vez.
Un cambio de clientes, cuatro efectos
Pasar de clientes españoles a estadounidenses afecta a la vez al IVA, a las retenciones, a los pagos fraccionados y a la liquidez. Conviene verlos por separado:
| Cuestión | Con editoriales españolas | Con clientes de Estados Unidos |
|---|---|---|
| IVA en la factura | 21 % (o el que corresponda) | No sujeta si el cliente es empresa (art. 69.Uno.1.º LIVA) |
| Retención de IRPF en la factura | 15 % (o 7 % en inicio) | Ninguna española: el pagador no es retenedor en España |
| Modelo 130 | Exenta si al menos el 70 % de los ingresos del año anterior tuvo retención | Obligatorio desde el año siguiente a aquel en que no se llega a ese 70 % |
| Posible retención en EE. UU. | No | Depende de la documentación que entregues al pagador |
El IVA, en dos líneas
Si el cliente es una empresa con sede en Estados Unidos, el servicio no se localiza en España y la factura va sin IVA español; se declara en el 303 como operación no sujeta. Con particulares la respuesta depende del tipo de servicio. Las reglas completas, con lo que conviene guardar para probar quién es el cliente, están en si tengo que poner IVA a un cliente de Estados Unidos. Lo que importa aquí es otra consecuencia: al no repercutir IVA, las facturas a Estados Unidos no generan cuota, pero el IVA que tú soportas en tus compras (material, software, equipos) sigue siendo deducible, porque el artículo 94.Uno.2.º de la Ley del IVA reconoce el derecho a deducir por las operaciones realizadas fuera del territorio de aplicación del impuesto que lo originarían si se hubieran efectuado dentro. Tu 303 puede salir a devolver o a compensar.
El 130: exenta este año, obligada el siguiente
El artículo 109.2 del Reglamento del IRPF exime de los pagos fraccionados a los profesionales que, en el año natural anterior, tuvieron retención o ingreso a cuenta en al menos el 70 % de sus ingresos. Alba cumplía esa condición en 2025, así que en principio estaba exenta en 2026. Pero la prudencia aconseja no apoyarse en esa exención cuando el año en curso cambia por completo: sin retención alguna en 2026, toda la cuota del año llegará de golpe en la declaración de la renta de 2027. Y en 2027 ya no habrá dudas: con menos del 70 % de ingresos retenidos en 2026, el 130 será obligatorio.
El importe lo fija el artículo 110.1.a) del mismo Reglamento: el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, menos los pagos fraccionados de los trimestres anteriores y las retenciones soportadas.
El año de Alba, trimestre a trimestre
Usamos un tipo de cambio supuesto de 1 € = 1,10 USD para simplificar; en la realidad cada factura se convierte al cambio de su devengo, como explicamos en a qué tipo de cambio declaro una factura en dólares.
- Primer trimestre: factura 15.000 USD = 13.636,36 €. Gastos: 2.000 €. Rendimiento neto: 11.636,36 €.
- Pago fraccionado del primer trimestre, si Alba decide anticiparlo: 11.636,36 × 20 % = 2.327,27 €.
- Segundo trimestre: factura 18.000 USD = 16.363,64 €. Gastos: 2.000 €.
- Rendimiento neto acumulado a 30 de junio: (13.636,36 + 16.363,64) − 4.000 = 26.000 €.
- 20 % del acumulado: 5.200 €. Menos lo ya pagado (2.327,27 €): pago del segundo trimestre, 2.872,73 €.
- Retenciones españolas que restar: ninguna.
En 2026 Alba puede no presentarlos, pero eso no le ahorra nada: en la declaración anual le saldrá a pagar la cuota completa del año de una vez. En 2027, cuando los pagos sean obligatorios, omitirlos puede suponer recargos o sanciones por cada trimestre. Cómo se relacionan ambos pagos se explica en qué diferencia hay entre el 130 y la renta.
Lo que conviene apartar cada mes
La otra cara de no tener retención es la liquidez. Con clientes españoles, el 15 % se quedaba por el camino; ahora le llega todo, y es fácil gastarlo. Una regla práctica es separar cada mes, en una cuenta aparte, un porcentaje de lo cobrado que cubra los pagos fraccionados, la cuota de autónomos y la diferencia que saldrá en la renta. El cálculo con cifras está en cuánto tengo que guardar para Hacienda cada mes.
El lado estadounidense: documentar para que no retengan
Es habitual que el cliente estadounidense, antes del primer pago, pida un formulario que acredite que no eres residente allí. Para una persona física es el W-8BEN, que explicamos casilla a casilla en me piden un W-8BEN. Qué retención aplica el pagador si no lo recibe es Derecho estadounidense y lo confirma el asesor del cliente allí.
Si, pese a todo, te retienen, en España declaras la factura íntegra y descuentas lo retenido con la deducción por doble imposición internacional, con el límite de tu tipo medio. Esa cuenta está desarrollada en me han retenido impuestos en el extranjero.
Siendo residente en España, lo que facturas a Nueva York o a Seattle es renta de tu actividad, igual que lo que facturabas en Madrid. No va a una casilla especial ni queda exento por venir de fuera. Tampoco cambia si el dinero se queda en una cuenta en dólares sin convertir. Omitirlo, total o parcialmente, deja una renta sin declarar que puede regularizarse con intereses y, en su caso, sanción.
Cuando los clientes crecen
Si la facturación a Estados Unidos sigue creciendo, aparecerán otras preguntas: si compensa una sociedad, si alguno de esos clientes quiere contratarte como empleado o si conviene cobrar a través de una estructura en Estados Unidos. Cada una tiene su página: me sale más a cuenta una sociedad, trabajo para una sola empresa extranjera y tengo una LLC en Estados Unidos. La guía del modelo 130 explica la declaración con más detalle.
Puedes enviarnos las facturas del año y tus declaraciones desde el formulario de autonomos-internacionales para revisar si los pagos fraccionados y el 303 reflejan el cambio de clientes.
Cómo se encadenan el IVA, los pagos fraccionados y la documentación que piden los clientes de fuera se explica en la página de Salama Tax sobre autónomos con clientes internacionales.