Daniel Ruiz nació en Toledo y vive en Toronto desde hace quince años, donde es ingeniero. Su madre, que nunca dejó Toledo, murió en mayo. Le deja, a medias con su hermana Carmen, el piso familiar (valor de referencia de 180.000 €), 80.000 € en una cuenta de Toledo y 50.000 dólares canadienses en una cuenta que abrió en Toronto cuando visitaba a su hijo. Un conocido le ha dicho a Daniel que, por vivir en Canadá, le toca «la tarifa estatal, sin ninguna rebaja, porque las ventajas autonómicas son solo para europeos». Esa idea tuvo fundamento hace años. Hoy no se corresponde con el texto de la ley.
De dónde viene la duda
Hasta 2014, un heredero no residente tributaba siempre con la normativa estatal, mientras que uno residente podía aplicar la de su comunidad, a menudo mucho más favorable. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 3 de septiembre de 2014 (asunto C-127/12), declaró que esa diferencia vulneraba la libre circulación de capitales.
Para adaptarse, se añadió a la Ley 29/1987 una disposición adicional segunda que reconoce a los no residentes el derecho a aplicar la normativa autonómica. Como la sentencia resolvía un problema de libre circulación dentro de la Unión, durante años se discutió si el remedio alcanzaba también a quien vivía en terceros países, como Canadá, Estados Unidos o Suiza. La cuestión llegó a los tribunales, y la Ley 11/2021 modificó ese apartado.
Qué dice la ley hoy
La redacción vigente del apartado Uno.1 de la disposición adicional segunda se refiere a los contribuyentes no residentes sin distinguir el país en el que viven. Para herencias establece:
| Situación | Normativa autonómica aplicable |
|---|---|
| Causante residente en una comunidad, heredero no residente | La de la comunidad donde residía el causante (letra b) |
| Causante no residente, bienes en España | La de la comunidad donde esté el mayor valor de los bienes situados en España (letra a) |
| Causante no residente, sin bienes en España | La de la comunidad donde resida cada heredero (letra a) |
La madre de Daniel residía en Toledo. Daniel tiene derecho a aplicar la normativa de Castilla-La Mancha, la misma que su hermana. Vivir en Toronto no lo excluye.
Lo que sí cambia es quién gestiona: el impuesto de un heredero no residente no se cede a la comunidad. Daniel presenta ante la Agencia Tributaria del Estado con el modelo 650 (apartado Dos de la misma disposición), aplicando la normativa castellanomanchega. Carmen, residente, presenta ante la Junta de Comunidades.
Qué tributa Daniel en España
Daniel no reside en España, así que tributa por obligación real (artículo 7 de la Ley 29/1987): solo por los bienes situados en España o derechos que deban ejercitarse aquí.
- Su mitad del piso de Toledo: 90.000 €.
- Su mitad de la cuenta de Toledo: 40.000 €.
- Su mitad de la cuenta de Toronto: no tributa en España, porque ese bien no está en territorio español.
Carmen, residente, tributa por obligación personal: su mitad de todo, incluida la cuenta canadiense.
Con la escala estatal y la reducción de grupo II, solo para comparar las bases (la normativa de Castilla-La Mancha cambiará las cuotas):
- Daniel: 90.000 + 40.000 = 130.000 €. Base liquidable: 114.043,13 €. Cuota: 9.166,06 € + 16,15 % de 34.162,61 € = 14.683,32 €.
- Carmen: 130.000 € más su mitad de la cuenta de Toronto. Si, al tipo de cambio oficial del día del fallecimiento, los 50.000 CAD equivalieran a 34.000 € (cifra solo ilustrativa), su mitad serían 17.000 €: 147.000 € en total. Base liquidable: 131.043,13 €. Cuota: 15.606,22 € + 18,7 % de 11.285,46 € = 17.716,60 €.
Daniel no tiene derecho a la deducción por doble imposición internacional del artículo 23, reservada a la obligación personal. Si Canadá aplica algún tributo con motivo del fallecimiento, cómo se coordina allí lo confirma su asesor canadiense; no opinamos sobre Derecho extranjero.
El artículo 18.4 del Reglamento del impuesto obliga a los contribuyentes por obligación real que no residan en la Unión Europea (ni en un Estado del Espacio Económico Europeo con asistencia mutua en información y recaudación) a nombrar, antes de que termine el plazo de declaración, a una persona con residencia en España que los represente ante la Administración. La designación se comunica con la aceptación expresa del representante. Daniel debe hacerlo antes de que venzan los seis meses, o antes del fin de la prórroga si la pide.
Trámites que suelen retrasar a quien vive lejos
- NIE. Daniel lo necesita para presentar el modelo 650 y firmar la aceptación de herencia. Se puede solicitar en un consulado español.
- Poder notarial. Si no puede viajar, otorgará un poder ante el consulado o ante notario canadiense con apostilla, para que alguien firme la escritura en España.
- Firma de la autoliquidación. El representante o un colaborador social puede presentar por él.
- Plazo. Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables si se pide la prórroga en los cinco primeros. La distancia no suspende nada: ver cuánto tiempo tengo para liquidar una herencia.
Una consecuencia práctica de esta asimetría: en una familia repartida entre países, el heredero que vive fuera puede tener menos base que su hermano residente por los mismos bienes. No es un privilegio, es el reflejo de que España solo grava a los no residentes por lo que está aquí; lo de fuera lo grava, en su caso, el país donde viven.
Si ya pagaste con la normativa estatal
Algunos herederos que viven fuera de Europa liquidaron en su día con la escala estatal porque así se les indicó. Si el derecho a solicitar la devolución no ha prescrito (cuatro años, artículo 66 de la Ley General Tributaria), puede estudiarse una rectificación de la autoliquidación para aplicar la normativa autonómica. Cada caso depende de sus fechas; no garantizamos el resultado.
Después de la herencia
Si Daniel conserva su mitad del piso de Toledo, empieza a tener obligaciones como no residente: el Impuesto sobre la Renta de no Residentes por la imputación de rentas o por el alquiler, y el 24 % aplicable a residentes fuera de la UE y del EEE en los rendimientos, frente al 19 % de los europeos. Si vende, las ganancias de no residentes tributan al 19 %. Lo tratamos en heredo un piso en España siendo no residente y en vendo mi piso en España y no vivo aquí.
Si heredas en España y vives fuera de Europa, cuéntanos dónde residía el causante, qué bienes hay y dónde vives tú en el formulario de sucesiones. Revisamos qué normativa te corresponde y te ayudamos con el representante y el NIE.
Daniel designó a su hermana como representante, pidió el NIE en el consulado de Toronto y presentó su modelo 650 ante la Agencia Tributaria con la normativa castellanomanchega, igual que Carmen.
La guía con el cuadro de competencias del ISD muestra todas las combinaciones, y en Salama Tax para sucesiones y donaciones explicamos cómo trabajamos con herederos repartidos por el mundo.