Margaret dio clases de Historia durante treinta años en un instituto público de Leeds. Al jubilarse compró una casa en Jávea con su marido y vive allí todo el año desde 2022. Cobra tres cosas del Reino Unido: la pensión estatal, la pensión de profesora de la enseñanza pública y una pequeña renta de un plan de empresa de cuando trabajó unos años en una editorial. Todo le llega a una cuenta en un banco británico, y de allí transfiere a su cuenta española lo que necesita cada mes. Un vecino le ha dicho que en España «no se declaran las pensiones británicas porque ya pagan allí». Otro, que hay que declararlo todo. Los dos tienen parte de razón, y ninguno la tiene entera.
Si resides en España, todo entra en la declaración
El punto de partida no admite matices. Quien es residente fiscal en España —y Margaret lo es, porque vive aquí todo el año— tributa por el IRPF por su renta mundial. Para la ley española, las pensiones son rendimientos del trabajo: el artículo 17.2.a) de la Ley del IRPF incluye expresamente las pensiones y haberes pasivos de regímenes públicos, y las prestaciones de planes de pensiones siguen el mismo tratamiento. Da igual el país que pague.
Lo que el convenio decide no es si la pensión se declara, sino quién puede gravarla y cómo se corrige la doble imposición si pueden los dos. Por eso la frase «no se declara porque ya paga allí» es, casi siempre, un error.
Las tres pensiones de Margaret, una por una
El convenio entre España y el Reino Unido, como la mayoría de los firmados por España, separa las pensiones según su origen. Suponiendo que en este punto siga la estructura habitual del modelo de la OCDE, que es lo primero que hay que comprobar en su texto:
| Pensión | Artículo habitual del modelo | Quién grava normalmente | Qué pasa en la renta española |
|---|---|---|---|
| Pensión estatal por cotizaciones | Pensiones privadas o regla específica del convenio | Residencia, salvo regla especial | Se declara y tributa en España |
| Pensión de profesora de la enseñanza pública | Pensiones por funciones públicas | El Estado pagador, salvo que sea nacional y residente del otro Estado | Se declara; tributa fuera y aquí se elimina la doble imposición |
| Renta del plan de empresa | Pensiones privadas | Residencia | Se declara y tributa en España |
La pensión de profesora es la que requiere más cuidado. Según el modelo, la pensión por servicios públicos se grava en el Estado que paga, salvo que el beneficiario sea residente y nacional del otro Estado. Margaret es británica, no española: su pensión de la enseñanza pública seguiría, en principio, reservada al Reino Unido. Si fuera española y residente en España, el resultado cambiaría. El funcionamiento de este artículo está en pensión pública o privada.
Cómo se elimina la doble imposición en la declaración
Cuando el convenio reserva una pensión al otro país, España no la grava, pero eso no significa que desaparezca de la declaración. La mayoría de convenios eliminan la doble imposición mediante una exención que permite tener en cuenta esa renta para calcular el tipo aplicable al resto. En la práctica, si el convenio sigue ese esquema, la pensión de profesora de Margaret no paga en España, pero eleva el tipo al que tributan su pensión estatal y su renta de empresa.
Cuando el convenio permite gravar a los dos países, el residente en España declara la pensión y deduce el impuesto pagado fuera con el mecanismo del artículo 80 de la Ley del IRPF: la menor de dos cantidades, lo efectivamente pagado en el extranjero o el resultado de aplicar el tipo medio efectivo español a esa renta. El cálculo detallado está en la deducción por doble imposición internacional y, para quien cobra de varios países a la vez, en cobro pensión de dos países.
Si el organismo británico sigue reteniendo sobre la pensión estatal o la del plan como si Margaret viviera en el Reino Unido, esa retención no es un impuesto que España vaya a descontar si el convenio atribuye la renta a España: lo que procede es pedir allí que dejen de retener y devuelvan lo retenido. Cómo se hace es Derecho británico y lo confirma su asesor allí, con el certificado de residencia fiscal en España que expide la Agencia Tributaria.
La cuenta donde cobras: el modelo 720
La tercera cuestión es la que casi todos olvidan, y no tiene que ver con el impuesto sobre la pensión. Margaret, residente en España, tiene una cuenta en un banco británico. Si el conjunto de sus cuentas en el extranjero supera los 50.000 €, debe informar de ellas en el modelo 720, en el bloque de cuentas (clave C), entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente.
En las cuentas, el límite se mide de dos formas, y basta con que cualquiera de los dos conjuntos supere los 50.000 €. Veamos las cifras de Margaret a finales de 2025:
- Saldo a 31 de diciembre: 47.000 €. No supera 50.000 €.
- Saldo medio del último trimestre: 52.500 €, porque en diciembre transfirió 11.000 € a España para una obra en la casa.
- Resultado: el saldo medio supera el límite. Debe presentar el 720 por todas sus cuentas en el extranjero.
Es un ejemplo real de lo contraintuitivo que resulta: el saldo de fin de año quedó por debajo precisamente porque sacó dinero, y el saldo medio, que recoge el trimestre entero, la obligó igualmente. En años posteriores solo tendrá que volver a presentarlo si alguno de esos saldos sube más de 20.000 € respecto de la última declaración. Los bloques y umbrales están en los tres bloques del 720.
Si la cuenta es conjunta con su marido, cada uno es obligado por su titularidad. Y si su hijo, residente en Madrid, figura como autorizado en la cuenta británica, también él podría tener que presentarlo.
Qué conviene tener ordenado cada año
| Documento | Para qué |
|---|---|
| Certificado anual de cada pensión extranjera | Importe bruto y retención practicada fuera |
| Documento que acredita el origen de cada pensión | Para calificarla en el convenio |
| Extractos de la cuenta extranjera de octubre a diciembre | Saldo a 31 de diciembre y saldo medio del trimestre |
| Tipo de cambio utilizado | Para convertir a euros cada importe |
| Certificado de residencia fiscal en España | Para el pagador extranjero, si retiene |
Si cobras una pensión extranjera y no estás seguro de cómo aparece en tu declaración, el formulario de pensionistas nos permite ver cada pensión, su origen y la cuenta donde se ingresa.
Si acabas de llegar a España
El año de llegada tiene sus propias reglas, porque España no parte el ejercicio: si resultas residente ese año, tributas aquí por las pensiones de todo el año, incluidos los meses anteriores a la mudanza. Es un escenario distinto, que tratamos en vuelvo a España ya jubilado.
La declaración anual de pensiones extranjeras de residentes en España, con el 720 de las cuentas donde se cobran, forma parte de lo que describe Salama Tax en su línea de pensionistas, siempre coordinando con quien lleve los impuestos del cliente en el país pagador.