Facturas 4.000 dólares. El cliente paga cuarenta días después. El banco te ingresa euros a un cambio que no es el del día de la factura, y encima te cobra comisión. ¿Qué cifra va a tus libros, a tu modelo 303 y a tu declaración de la renta? No es una sola: son tres decisiones distintas, y confundirlas es el origen de buena parte de los descuadres que la Agencia Tributaria detecta cruzando datos bancarios con declaraciones.
Regla número uno: la factura se convierte en la fecha del devengo
La Ley del IVA resuelve el asunto con un criterio único: cuando la contraprestación se fija en una moneda distinta del euro, se aplica el tipo de cambio vigente en el momento del devengo de la operación. No el del día del cobro, no el del día en que emites el PDF si es distinto, y desde luego no el que te aplique tu banco.
La referencia oficial es la publicada por el banco central correspondiente para esa fecha. Lo que importa en la práctica es que sea una fuente pública, verificable y usada de forma consistente: si un año conviertes con una referencia y al siguiente con otra, la incoherencia se nota.
Elige la referencia, documéntala y no la cambies. Apunta en cada factura el tipo aplicado y la fecha del que lo tomaste. Un libro de facturas emitidas con una columna de «tipo de cambio aplicado» vale más, en una comprobación, que cualquier explicación posterior. Y evita por completo el tipo que te da la pasarela de pago: ese tipo incorpora su margen comercial, no es el oficial del día.
Regla número dos: en la factura, la cuota del impuesto va en euros
El Reglamento de facturación permite expresar los importes en cualquier moneda, pero exige que la cuota del impuesto repercutido se exprese en euros. Es decir: puedes facturar en dólares, en libras o en francos, pero si esa operación lleva IVA español, la cuota tiene que aparecer en euros en el propio documento.
Para el autónomo con clientes fuera, la mayoría de las facturas en divisa no llevan IVA español, porque el servicio se localiza en el país del cliente según las reglas que repasamos en dónde tributa cada servicio que facturas. Pero el importe convertido sigue haciendo falta para el libro registro, para el modelo 349 si es intracomunitaria y para el IRPF.
| Elemento de la factura | Puede ir en divisa | Tiene que ir en euros |
|---|---|---|
| Base imponible | Sí | Conviene añadir el contravalor |
| Cuota de IVA repercutido, si la hay | No | Sí |
| Total | Sí | Conviene añadir el contravalor |
| Tipo de cambio aplicado y su fecha | No es obligatorio, y ponerlo ahorra disgustos | |
Regla número tres: el IRPF va por devengo, igual que el IVA
En estimación directa, el rendimiento de la actividad se imputa por devengo: el ingreso nace cuando se presta el servicio y se emite la factura, no cuando el dinero entra. Por tanto el ingreso computable en el IRPF es el contravalor en euros calculado en esa misma fecha, el mismo número que llevaste al libro.
Esa coherencia es lo que permite que el pago fraccionado cuadre. En el modelo 130 se acumulan ingresos y gastos desde el 1 de enero, y si los ingresos se convierten a un tipo en el libro y a otro en el modelo, la acumulación deja de cuadrar trimestre a trimestre.
Y entonces, ¿qué hago con la diferencia?
Aquí está el punto que casi nadie resuelve bien. Si facturaste 4.000 dólares que valían 3.680 € el día del devengo y cobraste cuando valían 3.610 €, tienes una diferencia de 70 €. Esa diferencia no corrige el ingreso: el ingreso sigue siendo 3.680 €. Lo que hay es una diferencia de cambio, que se registra como gasto o ingreso de naturaleza financiera en el ejercicio en que se produce.
| Concepto | Importe | Dónde va |
|---|---|---|
| Factura emitida: 4.000 USD al tipo del devengo | 3.680,00 € | Ingreso de la actividad |
| Cobro efectivo del mismo importe semanas después | 3.610,00 € | — |
| Diferencia negativa de cambio | 70,00 € | Gasto financiero del ejercicio |
| Comisión de la entidad por la operación | 18,00 € | Gasto financiero, aparte de la diferencia |
Es la tentación más común: modificar la factura para que coincida con lo ingresado en la cuenta. No procede. Una factura rectificativa corrige errores en la operación o en su importe, no la evolución del mercado de divisas entre dos fechas. Rectificar por esto descuadra el libro, descuadra el 349 si la operación iba ahí y deja un rastro difícil de explicar. La diferencia va por la vía financiera, que es donde le corresponde.
El error que más requerimientos genera
Es este, y merece su propio apartado: declarar como ingreso lo que entró en la cuenta bancaria en lugar del contravalor a la fecha de devengo. Parece lo natural —al fin y al cabo, es el dinero que has cobrado— y produce tres consecuencias a la vez.
- El importe declarado no coincide con el libro registro, si el libro se llevó bien.
- La diferencia de cambio desaparece como partida y se diluye dentro del ingreso, de modo que cuando es negativa el autónomo pierde un gasto que tenía derecho a deducir.
- Las facturas a caballo entre dos ejercicios cambian de año. La factura de diciembre cobrada en enero acaba declarada en el ejercicio equivocado, y ese desplazamiento es exactamente lo que detecta un cruce de datos.
El caso extremo es el de quien trabaja con una plataforma de pagos internacional: la plataforma retiene comisión, convierte a su propio tipo y transfiere el neto semanas después. Si el ingreso declarado es la transferencia neta, se está declarando de menos el ingreso bruto y no se está deduciendo la comisión, que es un gasto deducible con todas las de la ley.
Cómo se registra bien, en cuatro columnas
El libro de facturas emitidas de quien factura en divisa debería tener, como mínimo, estas columnas:
| Fecha de devengo | Importe en divisa | Tipo aplicado | Contravalor en euros |
|---|---|---|---|
| 12 de marzo | 4.000 USD | 0,9200 | 3.680,00 |
| 4 de abril | 2.500 GBP | 1,1650 | 2.912,50 |
| 28 de junio | 1.800 CHF | 1,0450 | 1.881,00 |
Las cifras de la tabla son ilustrativas: los tipos reales de cada fecha hay que tomarlos de la fuente oficial. Lo que no es ilustrativo es la estructura, que es lo que hace que el libro sea defendible. Con esas cuatro columnas, cualquier comprobación se contesta en una tarde; sin ellas, hay que reconstruir cada factura una por una.
Saldos en divisa que se quedan quietos
Hay un escalón más para quien no convierte a euros de inmediato y mantiene saldos en dólares o en libras en una cuenta o en una plataforma de pagos. Ese saldo es un activo denominado en moneda extranjera, y su valor en euros se mueve solo, sin que tú hagas nada. La pregunta que aparece entonces es cuándo se reconoce esa variación.
La respuesta corta es que hay dos momentos distintos y conviene no mezclarlos: la diferencia que se produce entre el devengo del ingreso y su cobro, que ya hemos visto, y la que afecta al saldo que sigue en divisa después del cobro. La segunda tiene su propio tratamiento y depende de qué se haga con ese saldo y de cuándo se convierta. Si además el saldo está en una entidad extranjera, hay que mirar si entra en las obligaciones informativas, que tienen umbral propio y nada tienen que ver con el IVA ni con la contabilidad: las repasamos en los tres bloques del 720. Quien mantiene saldos operativos altos fuera de España conviene que lo compruebe antes de cada cierre, porque la obligación nace por la posición, no por el beneficio.
Las facturas recibidas siguen la misma lógica
Todo lo anterior vale también para lo que compras. La factura en dólares de un proveedor extranjero se convierte a la fecha de su devengo, y ese contravalor es el que va al libro de recibidas, el que sirve de base para autorrepercutir el IVA si procede —el mecanismo está en la inversión del sujeto pasivo— y el que constituye el gasto deducible en el IRPF. La diferencia entre ese importe y lo que finalmente te cargue el banco vuelve a ser diferencia de cambio.
Cuatro hábitos que ahorran el problema entero
- Anota el tipo en la propia factura, con su fecha y su fuente.
- Descarga el histórico de tipos al cierre de cada trimestre: buscar un tipo de hace tres años cuesta más de lo que parece.
- Separa siempre tres cifras: ingreso devengado, diferencia de cambio y comisión bancaria. Son tres partidas y tienen tratamiento distinto.
- No uses el tipo de la pasarela como referencia fiscal. Úsalo para saber cuánto has cobrado, no para declarar.
Nosotros llevamos la contabilidad y las declaraciones de autónomos que facturan en varias monedas, y esta es la parte que más veces hay que rehacer cuando llega un caso nuevo. Si quieres que revisemos tus libros y tus últimas declaraciones antes de que lo haga otro, escríbenos por el formulario de autónomos internacionales. El planteamiento de la línea está en la página de autónomos con clientes fuera de España. No prometemos que un descuadre antiguo se arregle sin coste: prometemos decirte cuál es antes de que te lo pregunten.