Saltar al contenido

El plazo corre desde el primer día

Heredo bienes que están en el extranjero: ¿pago aquí?

Si resides en España tributas aquí por todo lo heredado, esté donde esté; cómo se descuenta el impuesto pagado fuera y por qué llega el 720 al año siguiente.

Dentro de Herencias y donaciones.

Nadia vive en Málaga desde hace ocho años. Su madre, que residía en Lyon, murió en marzo y les deja a ella y a su hermano Karim, que vive en Francia, un apartamento en Lyon valorado en 250.000 € y una cuenta en un banco francés con 60.000 €. El notario francés ya ha tramitado la sucesión allí y los dos hermanos han pagado lo que les dijeron. Nadia pensaba que con eso había terminado. En España acaba de empezar.

La residencia del heredero manda

El artículo 6 de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones es tajante: a quien tiene su residencia habitual en España se le exige el impuesto por obligación personal, con independencia de dónde estén situados los bienes. La residencia se determina con las reglas del IRPF (más de 183 días en el año natural o el núcleo de intereses en España, entre otras).

Nadia reside en España: tributa aquí por su mitad de todo, apartamento francés y cuenta francesa incluidos. Karim reside en Francia: en España solo tributaría si heredara bienes situados en España (obligación real del artículo 7), y no es el caso. Mismos bienes, misma madre, obligaciones distintas por la residencia de cada hijo.

Quién gestiona y con qué norma

La madre no residía en España, así que el impuesto de Nadia no se cede a ninguna comunidad: lo gestiona la Agencia Tributaria del Estado y se presenta con el modelo 650.

Sin embargo, la disposición adicional segunda de la Ley 29/1987 le permite aplicar la normativa de una comunidad autónoma. Como en la herencia no hay ningún bien situado en España, la regla es aplicar la normativa de la comunidad en la que reside el heredero: Andalucía, en el caso de Nadia. Si hubiera un bien en España, se tomaría la comunidad donde esté el mayor valor de los bienes españoles. El detalle de estas combinaciones está en qué comunidad autónoma se aplica.

El plazo es el mismo que en cualquier herencia: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables si se pide a tiempo. Que la sucesión se esté tramitando en Francia no suspende el plazo español.

El impuesto pagado en Francia no se pierde

La doble imposición es evidente: Francia grava la sucesión por sus propias reglas y España grava a Nadia por residir aquí. El artículo 23.1 de la Ley 29/1987 la corrige con una deducción por doble imposición internacional a favor de quien tributa por obligación personal. Se deduce la menor de dos cantidades:

  • a) lo efectivamente pagado en el extranjero por un impuesto similar que afecte al incremento patrimonial gravado en España;
  • b) el resultado de aplicar el tipo medio efectivo del impuesto español a la parte del incremento que corresponde a bienes situados fuera de España y gravados allí.

Cuánto pagó Nadia en Francia y si ese tributo es «similar» lo confirma su asesor francés, con el justificante de pago. Nosotros no opinamos sobre el cálculo francés; trabajamos con la cifra que él certifique.

El cálculo de Nadia, paso a paso

Usamos la escala estatal y las reducciones estatales para ver el mecanismo; con la normativa andaluza que Nadia puede aplicar las cifras serían otras. Suponemos que el asesor francés acredita un pago en Francia de 9.000 € por su mitad.

  1. Base imponible: mitad del apartamento (125.000 €) más mitad de la cuenta (30.000 €) = 155.000 €, valorados a la fecha del fallecimiento.
  2. Reducción por parentesco, grupo II: 15.956,87 €. Base liquidable: 139.043,13 €.
  3. Cuota íntegra: 15.606,22 € + 18,7 % de 19.285,46 € = 19.212,60 €. Con coeficiente 1, es también la cuota tributaria.
  4. Tipo medio efectivo: 19.212,60 / 139.043,13 = 13,82 %.
  5. Límite b) de la deducción: 13,82 % × 155.000 € (todo está fuera de España) = 21.421 €.
  6. Límite a): 9.000 € pagados en Francia.
  7. Deducción: la menor, 9.000 €. Cuota a pagar en España: 10.212,60 €.
PasoImporte
Base imponible155.000,00 €
Base liquidable139.043,13 €
Cuota tributaria (escala estatal)19.212,60 €
Deducción por impuesto pagado en Francia−9.000,00 €
A ingresar en España10.212,60 €

Si el bien estuviera en un país sin impuesto sobre sucesiones, no habría nada que deducir y la cuota española se pagaría entera.

El tipo de cambio y el valor se fijan el día de la muerte

Si el bien está en un país sin euro, la conversión se hace con el cambio de la fecha del devengo, no con el de la fecha de pago. Y el valor es el de mercado a esa fecha: la tasación del notario extranjero ayuda, pero no vincula a la Agencia Tributaria, que puede comprobarlo. Conviene tener una valoración documentada, sobre todo en inmuebles.

El año siguiente: modelo 720 e IRPF

Heredar bienes fuera abre obligaciones que duran mientras se conserven:

Modelo 720. Quien reside en España y tiene bienes en el extranjero por encima de 50.000 € en un bloque (cuentas, valores o inmuebles) debe informar de ellos. Nadia tendrá que declarar su mitad del apartamento (125.000 €, clave B de inmuebles) en el 720 del año siguiente. Su mitad de la cuenta (30.000 €) no supera el umbral por sí sola; si sumara otras cuentas en el extranjero, el bloque se mira en conjunto. El régimen sancionador especial que hacía temible este modelo fue anulado por el Tribunal de Justicia de la UE en su sentencia de 27 de enero de 2022 (C-788/19), pero la obligación de informar sigue en vigor. La guía cómo se rellena el modelo 720 explica el formulario.

IRPF. El apartamento de Lyon genera renta en España cada año: si se alquila, rendimientos del capital inmobiliario; si queda vacío o a disposición, imputación de rentas. Lo que Francia grave por esas rentas se coordina con el convenio de doble imposición entre ambos países, y esa parte francesa la confirma el asesor de allí. Ver qué es la imputación de rentas inmobiliarias.

Venta futura. Si Nadia vende, su valor de adquisición en el IRPF será el que resulte de las normas del Impuesto sobre Sucesiones, sin exceder del de mercado (artículo 36 de la Ley del IRPF). Declarar un valor bajo en el modelo 650 para pagar menos hoy significa una ganancia mayor mañana.

Documentos para el modelo 650

Para una herencia con bienes fuera, suelen hacer falta: certificado de defunción apostillado y traducido, documento sucesorio extranjero (el acta del notario francés, en este caso), valoración de los bienes a la fecha del fallecimiento, certificado bancario del saldo a esa fecha y justificante del impuesto pagado fuera. Si el testamento se otorgó en otro país, hay cuestiones adicionales que tratamos en mi padre hizo testamento en su país.

Si heredas bienes situados fuera y resides en España, cuéntanos país, bienes y fechas en el formulario de sucesiones. Coordinamos con el asesor que tú designes en el otro país; no tenemos una red propia en el extranjero.

Nadia presentó su modelo 650 dentro de plazo con la deducción del impuesto francés y, al año siguiente, su primer 720. Karim no tuvo que hacer nada en España.

La guía de herencias y donaciones internacionales amplía estos supuestos, y en Salama Tax para sucesiones y donaciones se describe cómo encajan con el resto de obligaciones de un residente con patrimonio fuera.

¿Te miramos tu herencia o donación?

Para saber cómo se aplica esto a ti, el formulario de herencias y donaciones recoge lo imprescindible; con eso te damos plazos, riesgos y precio.

Ir al formulario de herencias y donaciones Ver cómo lo llevamos

Reservar citaWhatsApp