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Un tipo plano, con su puerta y su cita anual

Equity durante el régimen

Cómo tributa el ejercicio de opciones y la entrega de RSU bajo el 24 %, y por qué la venta de acciones extranjeras no tributa aquí.

Parte de Régimen Beckham.

Las RSU en España. Ninguna norma española define las RSU. Lo que se aplica son las reglas generales del rendimiento del trabajo, y el resultado depende de detalles que no caben en una página: el calendario de consolidación, las cláusulas de salida, el país donde estuviste cada año y si hubo venta inmediata.

Que calculen lo mío

El equity es la razón por la que muchos desplazados se acogen al artículo 93, y también la razón por la que a algunos les sale mal la cuenta. La mecánica tiene una parte muy favorable, otra muy desfavorable y una tercera que depende de una fecha, y las tres conviven en el mismo paquete de acciones.

Los tres momentos, y cuál importa aquí

Toda retribución en acciones tiene tres momentos: la concesión, la consolidación o el ejercicio, y la venta. La regla general del IRPF los trata de forma distinta, como explicamos en los tres momentos de una opción y en RSU y doble disparador. Bajo el artículo 93 la foto se simplifica y se endurece a la vez:

MomentoOpciones (stock options)RSUBajo el artículo 93
ConcesiónNo hay rentaNo hay rentaIgual
Ejercicio o entregaRendimiento del trabajo en especieRendimiento del trabajo en especieSe entiende obtenido en España y tributa a los tipos del régimen
Venta de las accionesGanancia patrimonialGanancia patrimonialSi la sociedad es extranjera, renta de fuente extranjera: fuera del régimen

La parte dura: todo el trabajo se entiende obtenido en España

En el IRPF ordinario, cuando unas opciones se consolidan a lo largo de cuatro años trabajados en dos países, el rendimiento se reparte en proporción a los días trabajados en cada uno, y la parte extranjera puede quedar fuera o dar derecho a deducción. Bajo el artículo 93 ese reparto no opera: la totalidad de los rendimientos del trabajo obtenidos durante la aplicación del régimen se entiende obtenida en territorio español.

El riesgo de doble imposición es real y hay que mirarlo antes

El país donde trabajaste durante el periodo de consolidación puede sostener que le corresponde gravar la parte proporcional a esos días, y suele sostenerlo. Como en el régimen no se aplican las reglas de eliminación de la doble imposición del IRPF ordinario, el contribuyente puede encontrarse pagando dos veces y teniendo que reclamar en el otro país. No prometemos que se recupere: depende del convenio, de los plazos de allí y de cómo esté documentado el reparto de días. Lo advertimos siempre antes de que alguien fije la fecha de un ejercicio.

La parte buena: la venta de acciones extranjeras

La ganancia obtenida al vender acciones de una sociedad no residente es renta de fuente extranjera distinta del trabajo, así que no tributa en España mientras dure el régimen. Para quien recibió acciones de una matriz estadounidense o europea y las vende durante esos años, esa es la ventaja principal del artículo 93, y no es pequeña.

Dos matices que no se pueden pasar por alto. El primero: si la sociedad es española, la ganancia sí es de fuente española y va a la escala del ahorro. El segundo: la venta puede tener consecuencias en otro país, empezando por Estados Unidos si eres ciudadano o titular de una green card, donde la nacionalidad manda sobre la residencia. El régimen español no te protege de eso.

Y una precisión sobre la moneda: si el plan está denominado en dólares o en otra divisa, la conversión se hace al tipo de cambio de la fecha en que se produce el devengo de la renta, no al del día en que se vende ni al del cierre del año. Con paquetes grandes, la diferencia entre una fecha y otra no es anecdótica, y conviene dejar documentado el tipo utilizado y su fuente: el tipo de cambio tiene sus propias reglas.

Cómo se valora lo que entra

La renta del trabajo es la diferencia entre el valor de la acción en el momento en que se te entrega o ejercitas, y lo que pagas por ella. Con acciones cotizadas el dato es objetivo. Con acciones no cotizadas, que es el caso de muchas empresas en crecimiento, la valoración es el problema entero, y tiene su propia guía: el valor de mercado de acciones no cotizadas. La valoración de la última ronda no es automáticamente el valor fiscal, y conviene tener documentado de dónde sale el número antes de declararlo.

Sobre esa renta el empleador practica el ingreso a cuenta que corresponda, y aquí aparece un detalle que descoloca a mucha gente: si la empresa no repercute ese ingreso a cuenta al trabajador, el importe se convierte en más retribución. En las entregas grandes, la diferencia entre repercutir o no puede ser de varios miles de euros.

La exención de los 12.000 €, que aquí no se da por supuesta

La Ley del IRPF contempla una exención para la entrega de acciones a los trabajadores de la propia empresa, con requisitos estrictos, que explicamos en el ESPP y la exención de 12.000 €. Si alcanza o no a quien tributa por el artículo 93 es una cuestión discutida, porque el régimen remite a las normas del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y es esa remisión la que se interpreta de dos maneras.

No vamos a decirte aquí que se aplica ni que no se aplica. Lo que hacemos en un expediente es leer el plan, ver si cumple los requisitos sustantivos, comprobar el criterio administrativo vigente en ese momento y explicar por escrito cuál es la posición que sostenemos y qué riesgo tiene. Es un caso de manual de lo que significa advertir en lugar de prometer.

La fecha lo cambia todo: dentro o fuera del régimen

Un mismo ejercicio de opciones tiene dos tratamientos muy distintos según el año en que se produzca:

Durante el régimenDespués del régimen
CalificaciónRendimiento del trabajo obtenido en EspañaRendimiento del trabajo, con reparto por días trabajados
TipoTipos del régimenEscala general, estatal y autonómica
Reducción por renta generada en más de dos añosNo aplicaPuede aplicar si se cumplen sus requisitos
Venta posterior de acciones extranjerasFuera de la base españolaGanancia patrimonial en la base del ahorro

De ese cuadro no sale una recomendación universal. Sale una conversación: cuánto equity hay, cuándo consolida, cuántos años quedan de régimen, dónde se trabajó durante la consolidación y qué dice el plan sobre plazos de ejercicio. Hay casos en los que conviene ejercitar dentro y otros en los que la reducción por irregularidad de fuera pesa más.

El plan manda sobre el calendario fiscal

Antes de mover una fecha por motivos fiscales hay que leer el documento que gobierna las acciones: ventanas de ejercicio, cláusulas de buen y mal salida, restricciones de venta y qué pasa si dejas la empresa. Hemos visto planificaciones impecables que se rompían por una cláusula de vencimiento a los noventa días de la baja. Tienes una guía dedicada: cómo se lee un equity incentive plan.

Si te vas de España con equity a medio consolidar

Es un final frecuente: el desplazamiento termina antes que el plan de acciones. Lo que ocurre entonces depende de dos cosas que hay que mirar juntas, y no por separado.

La primera es el plan: casi todos tienen reglas sobre qué pasa con lo no consolidado cuando alguien deja la empresa o cambia de país, y esas reglas mandan sobre cualquier cálculo fiscal. La segunda es tu residencia en el año en que la renta se devengue: si para entonces ya no eres contribuyente del IRPF, lo que corresponda al trabajo prestado en España tributará por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, con su propia mecánica de retenciones y su modelo 210.

El reparto de días vuelve a aparecer justo cuando lo habías olvidado

Mientras estabas en el régimen no había reparto: todo el trabajo se entendía obtenido en España. En cuanto sales de él, por la vía que sea, el reparto por días trabajados en cada país reaparece para determinar qué parte es de fuente española. Quien no ha guardado el histórico de dónde trabajó cada año se encuentra teniendo que reconstruirlo con billetes de avión y calendarios de proyecto. Guardar ese registro mientras ocurre cuesta cero; reconstruirlo cuesta mucho.

Equity y obligaciones informativas

Mientras dura el régimen no se presenta el modelo 720, así que las acciones depositadas en una plataforma extranjera no se informan. El primer ejercicio ordinario, sí, y ahí hay que saber qué cuenta como valor y qué no: las acciones entregadas entran; las opciones aún no ejercitadas, no. Lo desarrollamos en equity y modelo 720. Quien sale del régimen con una cartera formada durante seis años tiene ahí su primer trabajo serio de inventario, y conviene no dejarlo para marzo: el año en que se acaba el régimen.

Cómo lo trabajamos

Pedimos el plan, la carta de concesión, el calendario de consolidación y el histórico de días trabajados en cada país. Con eso se calcula lo que entra en el 151, se documenta la valoración, se identifica el riesgo en el otro país y se ponen en números los escenarios de ejercicio. Lo que no hacemos es garantizar que la Administración española o la extranjera compartan nuestra calificación: en equity internacional eso no lo puede prometer nadie con seriedad. El formulario de régimen Beckham es la puerta de entrada, y la página de stock options y RSU cubre el resto de supuestos.

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